Última Hora

Eliminado el B2B en servicios profesionales

0
Escuchar
Guardar
Eliminado el B2B en servicios profesionales

Desde ayer viernes 1 de marzo

El Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) en la prestación de servicios profesionales designados y servicios rendidos entre comerciantes, en los casos en que el volumen de negocios anual no exceda $200,000, quedó eliminado desde ayer, anunció hoy el secretario de Hacienda, Raúl Maldonado.

‘El primero de marzo entró en vigor la eliminación de cobrar el Business to Business (B2B) por parte de ciertas pequeñas y medianas empresas (PYMES), según estipulado en la Ley 257-2018 de Reforma Contributiva. Con esta acción comenzamos a hacer justicia a uno de los principales motores de nuestra economía’, dijo el tambien el principal asesor financiero del Gobierno.

En una de sus primeras ejecutorias luego de retomar la dirección del Departamento, Maldonado Gautier dijo que este primer paso en la puesta en vigor del Nuevo Modelo Contributivo, debe significar un ahorro para este sector de unos $79 millones en 5 años.

El funcionario informó que ya está disponible la Carta Circular de Rentas Internas Núm. 19-05, en la página del Departamento, www.hacienda.pr.gov, Sección de Publicaciones, donde se establecen los requisitos que debe cumplir un comerciante elegible; el procedimiento de evaluación automática del volumen de negocios y la fecha límite para cumplir con los requisitos establecidos.

El Código de Rentas Internas define como Servicios Profesionales Designados, los servicios legales y de otros profesionales como: agrónomos, arquitectos y arquitectos paisajistas, contadores públicos autorizados, corredores, vendedores y empresas de bienes raíces, delineantes profesionales, evaluadores profesionales de bienes raíces, geólogos e ingenieros y agrimensores, entre otros.

Para determinar si el volumen de negocios no excede los $200 mil, el Secretario dijo que se tomará en consideración el volumen de negocios generado para el año natural inmediatamente anterior.

En el caso de comerciantes que pertenecen a un grupo controlado de corporaciones el volumen de negocios se determinará considerando a todos los miembros del grupo.

A partir del primero de marzo, el Sistema Unificado de Rentas Internas (SURI),

emitirá automáticamente a traves de las cuentas de los comerciantes, un Certificado de Registro de Comerciantes identificando como Agente No Retenedor a aquellos que cumplan con los siguientes requisitos:

Que la totalidad del ingreso informado en las Planillas Mensuales sobre IVU, provenga únicamente de la prestación de servicios designados o prestados a otros comerciantes.

El comerciante tiene que estar en cumplimiento con la radicación y pago de todas sus obligaciones contributivas relacionadas al IVU.

Que la suma de todos los ingresos informados en las Planillas de IVU radicadas para los 12 meses del año natural 2018, no excedan los $200 mil.

El Departamento de Hacienda hará una primera evaluación para todos los comerciantes que al 28 de febrero de 2018 hayan cumplido con los requisitos y le hará disponible su Certificado de Agente No Retenedor. Los comerciantes que por incumplimiento con el pago del IVU al primero de marzo no hayan recibido su certificado, deberán asegurarse de rendir todas las Planillas Mensuales de IVU pendientes de radicar y efectuar sus pagos.

El Certificado de Agente No Retenedor se podrá obtener e imprimir a traves de SURI, en la pestaña de Correspondencia, seleccionando la opción Ver Correspondencia. Allí deberá buscar el mensaje Certificado de Registro de Comerciante, que será válido para transacciones efectuadas hasta el 31 de enero de cada año.

Los comerciantes que entiendan que cumplen con todos los requisitos, pero no reciban el certificado de Agente No Retenedor a más tardar del 31 de marzo, podrán realizar una solicitud a traves de SURI a partir del prime de abril, utilizando un enlace que estará disponible.

Maldonado Gautier dijo que comenzando cada año natural, el Departamento evaluará el cumplimiento del requisito por volumen de negocios, para determinar si el comerciante tiene derecho a la exención, conforme a lo dispuesto.

‘La evaluación se realizará automáticamente y se utilizará como base el volumen de negocios agregado que haya sido informado en las Planillas Mensuales de IVU’, aclaró.

Comentarios {{ comments_count }}

Añadir comentario
{{ commentSize }}/500
{{ error }}
{{ article.author }}
Premium
{{ article.postedAt }}
Mostrar {{ article.child_count }} respuestas
{{ article.like_count }}
{{ commentSize }}/500
{{ error }}
{{ child.author }}
Premium
{{ child.postedAt }}

{{ child.content }}

{{ child.like_count }}
{{ error }}

Opinión y Comentarios

Lic Alexis Quiñones

Abogado

Adriana Sánchez

Derecho y deporte

Dra. Bárbara D. Barros

Salud Mental & Menopausia

Brian Díaz

Presidente & Fundador Pacifico Group

José Julio Aparicio

Política y derecho

Carlos Johnny Méndez Núñez

Presidente Cámara de Representantes

Dennis Dávila

Cine

Lic Eddie López Serrano

Abogado y analista político

González Pons MD

Médico radiólogo

Hon. Gabriel “Gaby” Hernández

Alcalde de Camuy y presidente de la Federación de Alcaldes

Heriberto N. Saurí

Salud y emergencias

Lic Jaime Sanabria

Profesor de derecho

Kiara Gerena

Energía Renovable

Laureano Giraldez MD

Otorrinolaringología y Cirugía de Cabeza y Cuello

Moises Cortés

Consultor Financiero

Dra. Natalie Pérez Luna

Orlando Alomá

Gerente de Proyectos en un Startup

Oscar J. Serrano

Periodista Editor

Tomás Ramírez

Dr. Ronald Collazo Pagán

Ramón L. Rosario Cortés

Política y derecho

Thomas Rivera Schatz

Presidente del Senado de Puerto Rico

Víctor García San Inocencio

Política y justicia

Luisito Vigoreaux

Columnista Cultural y de Entretenimiento

William Maldonado

Economista y Estratega Financiero

Bienvenido a Noticel

Empieza a crear una cuenta

{{ errors.firstname }}
{{ errors.lastname }}
{{ errors.email }}
{{ errors.password }}

Debe tener al menos 8 caracteres de longitud.

Debe contener números y letras.

No puede comenzar ni terminar con un espacio
{{ errors.password_confirm }}
¿Ya tienes una cuenta? Acceso
Haz clic en "Comenzar" para aceptar los Términos de servicio de Noticel y reconocer que la Política de privacidad de Noticel se aplica a ti.

Verificación de cuenta

Te enviaremos un correo electrónico con un enlace para verificar tu cuenta. Si no lo ves, revisa tu carpeta de correo no deseado y confirma que tienes una cuenta vinculada a ese correo.

Has olvidado tu contraseña

Introduce el correo electrónico de tu cuenta y te enviaremos un enlace para restablecer la contraseña.

{{ errors.email }}

Has olvidado tu contraseña

Le hemos enviado un correo electrónico a {{ email }} con un enlace para restablecer su contraseña. Si no lo ve, revise su carpeta de correo no deseado y confírmeme que tiene una cuenta vinculada a ese correo electrónico.

Personaliza tu feed

Verifica que tu dirección de correo electrónico sea correcta. Una vez completado el cambio, utiliza este correo electrónico para iniciar sesión y administrar tu perfil.

Elige tus temas

Cancelar Actualizar
Perfil actualizado.
Eng

Categorías

El Tiempo

Opiniones

Última Hora

Vida y Bienestar

Videos y Fotos