Cámara evalúa hoy la eliminación del «promoter fee»
Entre los deponentes convocados a esta audiencia pública está, Francisco «Paco» López, Ticketera, la boletería del Centro de Bellas Artes de Santurce, entre otras compañías de espectáculos.
Archivo NotiCel: Evaluación de proyectos de ley relacionados al mundo del espectáculo.
La Cámara de Representantes recibe hoy, lunes, a diversos gremios vinculados al desarrollo de espectáculos en Puerto Rico para evaluar la posibilidad de prohibir el cobro del llamado «promoter fee« a los consumidores al momento de adquirir sus boletos.
La evaluación de esta medida legislativa se dará bajo la Comisión de Asuntos del Consumidor presidida por el representante Edgar Robles. Algunos deponentes invitados a comparecer son: el Departamento de Hacienda, el Colegio de Productores de Espectáculos, Ticket Center, Ticketera, la boletería del Centro de Bellas Artes de Santurce, así como Eventos PR.
También, el reconocido Francisco “Paco” López, Antonio “Tony” Mojena, Rafael “Rafo” Muñíz, DACO, entre otras compañías de espectáculos.
El Proyecto de la Cámara 1031, de la autoría de Jorge Navarro Suárez y el presidente de la Comisión, explica que este cargo se le añade al precio base de la taquilla, elevando aún más el costo para los clientes. El “promoter fee” es un cargo que el propio promotor impone adicional a su compensación pactada con los artistas.
El P de la C 1031 crearía la “Ley de Transparencia en la Venta de Boletos de Espectáculos Públicos” y enmendaría la “Ley para la Transparencia en el Recibo de Compra”.
Precisamente la semana pasada NotiCel publicó una noticia donde el secretario del DACO, Hiram Torres Montalvo, notificaba que la División de Estudios Económicos de la agencia aún continuaban realizando un análisis para la posible eliminación del cargo “promoter fee” en los boletos de espectáculos públicos.
Por su parte, en la misma vista pública, se aprovechará para atender el Proyecto de la Cámara 429 para exigir la devolución total de los cargos por servicios en la venta de boletos al cliente en el momento en el que el espectáculo haya sido cancelado o suspendido.
Según se desprende de la medida legislativa, cuando un evento se cancela, es el promotor quien asume la totalidad de la pérdida. Sin embargo, las boleterías cobran un servicio, aunque el espectáculo haya sido cancelado, lo que impide que se devuelva esa partida al consumidor.
En otras palabras, “al cancelar un espectáculo, en lugar de devolver el monto total del boleto comprado por el consumidor, se le devuelve solamente lo recibido por derechos de admisión; pero no así lo que pagó por los cargos por servicio y otros conceptos”, reza la medida legislativa.
El P de la C 429 que es de la autoría de la representante María de Lourdes Ramos Rivera destaca que es al consumidor a quien se le transfiere la responsabilidad de una “mala gestión en la planificación, negociación o contratación de un espectáculo, de los desacuerdos o discrepancias entre el promotor y el artista, o de cualquiera de otras situaciones que puedan suscitarse”.
Las enmiendas impuestas exigen que se le devuelva al cliente el total de los boletos, incluyendo el costo de los cargos por servicios, el costo del Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) estatal y municipal y cualquier otro costo pagado.
Todo promotor que incumpla estaría sujeto a una multa administrativa no menor de $1,000 ni mayor de $10,000. Además, se impondría al promotor una multa de $100 por cada día adicional que incumpla con los términos del reembolso.
La vista pública está pautada para comenzar a las 9:30 am.
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