El organismo ordenó tanto a la AEE como a los desarrolladores a presentar, en un plazo de tres días laborables, las razones del atraso.
Archivo/NotiCel
El Negociado de Energía de Puerto Rico (NEPR) emitió una orden de mostrar causa dirigida a la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) y a los desarrolladores Ecoeléctrica, San Fermín Battery Project, Infinigen Horizon ASAP y Infinigen Oriana ASAP por incumplimientos en acuerdos de la Fase 1 del Programa ASAP, que suman 110 megavatios de sistemas de almacenamiento en baterías.
La entidad reguladora recordó que la ejecución de los acuerdos debió comenzar en abril de 2025 y que, a pesar de las aprobaciones y extensiones concedidas, ninguno ha sido formalizado. El Negociado advirtió que este incumplimiento contradice los plazos establecidos en el programa, diseñado para iniciar de inmediato sin requerir mejoras mayores a la red ni altos costos de interconexión.
El organismo ordenó tanto a la AEE como a los desarrolladores a presentar, en un plazo de tres días laborables, las razones del atraso y a justificar por qué no deben enfrentar una multa administrativa de $10,000 por incumplimiento en la ejecución de los acuerdos de la Fase 1.
La orden establece que la AEE deberá explicar todas las razones que han impedido la ejecución de los contratos, detallar el estado de cumplimiento de los desarrolladores con las condiciones de firma y argumentar por qué no deben imponerse sanciones. Los desarrolladores, por su parte, deberán someter respuestas separadas que incluyan su nivel de cumplimiento, obstáculos encontrados y justificación para evitar las multas.
El Negociado advirtió que la falta de respuesta o incumplimiento con esta orden conllevará la imposición de sanciones adicionales bajo la Ley 57-2014, incluyendo multas continuas de hasta $25,000 por día hasta lograr el cumplimiento total. Con esta determinación, la agencia reafirmó su responsabilidad de velar por el interés público y la ejecución oportuna de proyectos esenciales para la confiabilidad del sistema eléctrico del país.
Y exige a LUMA y Genera detalles adicionales para determinar costos para el mes de octubre
El NEPR emitió una Resolución y Orden relacionada con la moción presentada por LUMA Energy en la cual sometieron los factores propuestos de la Cláusula de Ajuste por Compra de Combustible (FCA), la Cláusula de Ajuste por Compra de Energía (PPCA) y la Cláusula de Subsidio de Combustible (FOS) correspondientes a entrar en vigor a partir del 1 de octubre de 2025.
El Negociado exigió a los operadores privados que sometan la información solicitada en o antes del próximo 24 de septiembre.
La solicitud del NEPR requiere que LUMA y Genera entreguen información específica sobre los meses de julio y agosto de 2025 entre los que deben detallar si ocurrieron apagones en el sistema de transmisión que impidieron suplir generación a la demanda, explicando las causas, duración y su impacto en los costos de combustible y energía comprada.
Además, el ente regulador solicitó que se identifiquen las unidades que enfrentaron salidas forzadas o no planificadas, con fechas, horas, duración y causas, así como los costos asociados de reemplazo de energía. Igualmente, las empresas privadas deben reportar si se operaron unidades fuera del orden económico normal debido a limitaciones de confiabilidad del sistema y detallar los días en que el combustible más económico no estuvo disponible y cuándo fue necesario utilizar combustibles de mayor costo, con los impactos económicos calculados.
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