Tardanza del FEI provoca desestimación de uno de los casos del barrilito legislativo
Los fiscales a cargo del caso de la exdirectora ejecutiva de la Autoridad de Tierras dijeron que pedirán la revisión del Supremo.
(Archivo/Juan R. Costa)
El Tribunal de Apelaciones desestimó la denuncia por negligencia en el cumplimiento del deber que pesaba contra la exdirectora ejecutiva de la Autoridad de Tierras (AT), Dorally Rivera Martínez, al concluir que la Oficina del Panel del Fiscal Especial Independiente (OPFEI) se tardó demasiado tiempo en presentar el cargo.
Este es el caso derivado de la investigación sobre el Fondo de Mejoras Municipales (FMM) de la AT, del cual los legisladores de distrito distribuyen de manera directa fondos públicos a sus constituyentes sin que los movimientos estén sujetos a votación en los cuerpos legislativos y sin que haya transparencia sobre los mismos.
Específicamente, Rivera Martínez estaba acusada por un total de $1.2 millones en donativos tramitados desde la oficina del exrepresentante Antonio Soto Torres para la supuesta canalización de la Quebrada Margarita en Guaynabo. Por los mismos hechos, pero en un proceso aparte, está acusado también el exasesor legislativo, José Manuel Huertas Torres.
Soto Torres es testigo de los fiscales con inmunidad.
La defensa de la exfuncionaria, la licenciada Cándida Sellés Ríos, había pedido al Tribunal de Primera Instancia la desestimación por los 1,103 días que pasaron entre noviembre de 2022, cuando primero la OPFEI dijo que había designado a fiscales para investigarla, hasta que le presentaron la denuncia en noviembre de 2025.
La OPFEI argumentó que había actuado dentro de sus facultades legales para prorrogar términos investigativos por justa causa y defendió también que una de las posposiciones, que duró nueve meses, fuera para esperar por una auditoría que la Oficina del Contralor estaba haciendo sobre el FMM.
La jueza superior Ethel Ruiz Fernández decidió no desestimar la denuncia, pero el jueves un panel apelativo compuesto por los jueces Laura Ortiz Flores, Fernando Bonilla Ortiz y Beatriz Martínez Cordero la revocó.
Concluyeron que la facultad de la OPFEI para establecer términos especiales en su investigación de un funcionario público “no es infinita”. “En el presente caso, el Panel y el FEI excedieron drásticamente cualquier estándar de razonabilidad. Aun ante la presencia de una alegada justa causa por la complejidad del caso, una dilación que supera los mil días es contraria a la naturaleza del trámite ágil que dispone la Ley. No puede la ‘justa causa’ convertirse en un mecanismo para validar una demora tan extrema que lacera las garantías del debido proceso de ley”, añadieron.
Una vez la OPFEI comienza una investigación, la ley habla de un término inicial de 90 días y de una extensión de 90 días adicionales, si es necesario. También habla de “un término especial en aquellos casos en que sea justificado”. Ante esto, el panel resolvió que, “por más flexibilidad que le queramos dar”, si se le da permiso a la OPFEI para “ignorar” estos plazos, entonces los términos “se volverían ineficientes”. Recordaron que una de las razones para crear la OPFEI fue que las investigaciones de funcionarios públicos también se desarrollaran rápidamente.
Rivera Martínez argumentó al apelativo que los 1,193 días que transcurrieron le “provocaron una situación de indefensión y afectó sus derechos constitucionales a un debido proceso de ley, igual protección de ley y derecho a un juicio rápido”.
Tras la asignación de fiscales en 2022, la OPFEI concedió cinco prórrogas fundamentadas en la complejidad de la investigación, la deseabilidad de esperar por la auditoría y la ampliación a otros asuntos y personas después de la auditoría.
La fiscal especial independiente que lidera este proceso, licenciada Zulma Fúster Troche, indicó a NotiCel que se proponen pedirle al Tribunal Supremo que revise la sentencia del apelativo.
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