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¿A quién afecta la limitación de la ciudadanía por nacimiento ordenada por

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¿A quién afecta la limitación de la ciudadanía por nacimiento ordenada por

Servicio de Inmigración publicó sus guías.

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en ingles) implementó los cambios ordenados por el presidente Donald Trump respecto a la nueva política de residencia y la concesión de la ciudadanía americana, lo que afecta directamente a algunos hijos de empleados federales y de miembros de las fuerzas armadas.

Las modificaciones surgieron como parte de las políticas xenófobas de Trump y su interes por limitar el acceso a la ciudadanía norteamericana.

Bajo el ordenamiento previo, los niños nacidos en bases militares del ejercito de los Estados Unidos se considerarían residentes de los Estados Unidos y se les otorgaría la ciudadanía automáticamente bajo la Ley 320 de Inmigración y Nacionalidad, que fue enmendada por la Ley de Ciudadanía Infantil del año 2000.

Según las medidas develadas el miercoles en la noche, los hijos de miembros de las fuerzas armadas de los Estados Unidos o empleados federales que no son ciudadanos aún, no contarían con esa consideración de ‘residentes en los Estados Unidos’ luego de entrada en vigor la política el 29 de octubre de 2019.

La nueva política, de acuerdo a USCIS, incide directamente en el estatus de los niños no residentes de los Estados Unidos que nacieron fuera de la nación norteamericana y son:

Hijos de padres no ciudadanos estadounidenses y adoptados por un ciudadano estadounidense empleado del gobierno de Estados Unidos o miembro del servicio militar de Estados Unidos despues de su nacimiento;

Hijos de padres que no son ciudadanos estadounidenses, como por ejemplo un empleado residente permanente legal del gobierno de Estados Unidos o un miembro del servicio militar de Estados Unidos que se naturalizó solo despues del nacimiento del niño, o

Hijos de dos ciudadanos de Estados Unidos empleados del gobierno o miembros del servicio militar de Estados Unidos que no cumplan con los requisitos de residencia o presencia física para transferir la ciudadanía a sus hijos al nacer (o un padre ciudadano no estadounidense y un padre ciudadano estadounidense que no cumpla con estos requisitos).

La Reserva del Ejercito de Estados Unidos en Islas Vírgenes y Puerto Rico indicó que todas las preguntas sobre el tema debían ser dirigidas a USCIS.

La agencia no ha especificado cuántas familias se afectarían con esta nueva política, aunque sus portavoces han estimado vagamente en diversas entrevistas que se encontrarían en unas 100 al año.

If you are a U.S. government employee or military member stationed overseas wondering if your child is affected by this policy update, check out the infographic below for more information.

pic.twitter.com/rEWk7hsyWl
— USCIS (@USCIS)

August 29, 2019

Debido a la confusión, el director interino del USCIS, Ken Cuccinelli, reiteró a traves de su cuenta de Twitter que el cambio no afecta a quienes nacen ciudadanos estadounidenses ni al derecho a la ciudadanía por nacimiento, sino ‘a los niños que nacieron fuera de los Estados Unidos y no eran ciudadanos estadounidenses’.

En el caso de la Isla, los puertorriqueños cuentan con derecho a la ciudadanía por nacimiento desde el 1940, medida que enfrentó múltiples modificaciones desde el 1900 mediante la Ley Foraker y la Ley Jones-Shafroth.

De acuerdo a la política de USCIS, los cambios no afectan a los niños nacidos fuera de Estados Unidos que ya eran ciudadanos al nacer o que ya habían adquirido la ciudadanía, incluidos los niños que:

Nacieron de dos padres ciudadanos estadounidenses, al menos uno de los cuales ha residido en Estados Unidos o en uno de sus territorios antes del nacimiento del niño;

Nacieron de padres casados, uno de los cuales es ciudadano estadounidense y otro ciudadano extranjero, si el padre ciudadano estadounidense estuvo físicamente presente en Estados Unidos o en uno de sus territorios durante cinco años como mínimo, al menos dos de los cuales fueron despues de haber cumplido 14 años de edad;

Nacieron de padres solteros, uno de los cuales es ciudadano estadounidense y otro ciudadano extranjero, si el padre ciudadano estadounidense cumple con los requisitos enumerados en la sección 309 del INA;

Son elegibles para recibir una Reporte Consular de Nacimiento en el Extranjero (CRBA, por sus siglas en ingles) o un Certificado de Ciudadanía que documente la ciudadanía estadounidense adquirida al nacer, o

Están residiendo en Estados Unidos bajo la custodia legal y física de sus padres ciudadanos estadounidenses despues de haber sido admitidos legalmente en Estados Unidos para la residencia permanente.

Una hoja de datos de la agencia federal especificó que las bases militares fuera de los Estados Unidos no son consideradas como parte de la nación norteamericana en lo que se refiere al derecho de la ciudadanía por nacimiento. Por esa razón, solo los padres de los niños nacidos en el extranjero pueden comenzar los trámites para la adquisición de la ciudadanía.

Según reportes de medios internacionales, la semana pasada Trump mostró interes en eliminar la ciudadanía por nacimiento, acto que abogados y activistas han adelantado que sería inconstitucional.

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