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Legislatura

Justicia pone reservas a los límites de residencia para ofensores sexuales

También mostraron reservas la Sociedad para Asistencia Legal y la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico.

Por Melissa M. Cruz Ríos Dic 4, 2025
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La Comisión de lo Jurídico tuvo ante su consideración el proyecto que busca prohibir que una persona incluida en el registro establezca su residencia a una distancia de 1,000 metros. Foto suministrada

El Departamento de Justicia, la Sociedad para Asistencia Legal y la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico mostraron reservas ante la propuesta de un proyecto de Ley que busca enmendar la Ley 266-2004, que rige el registro y notificación de personas convictas por delitos sexuales y abuso contra menores.

El Proyecto de la Cámara 733, impulsado por el representante popular Ramón Torres Cruz, pretende aumentar la distancia mínima de residencia de ofensores sexuales respecto a escuelas y centros de cuidado infantil certificados, pasando de los actuales 500 pies a 1,000 metros, una vez cumplida la condena.

El principal objetivo del proyecto, según Torres Cruz, es “fortalecer la Ley para asegurar la protección a las víctimas y quienes colaboran con la justicia”. 

Durante una audiencia pública presidida por el senador Ángel Toledo López, surgieron dudas sobre la viabilidad y efectividad de la propuesta. 

Toledo López señaló que “es un asunto que debe contemplar diferentes componentes para atender una situación apremiante”. Insistió, además, en la importancia de “proteger a la ciudadanía con medidas que tengan sentido y que consideren las limitaciones geográficas de Puerto Rico”. 

Por su parte, la licenciada Tanya García Ibarra, del Departamento de Justicia, subrayó los retos prácticos de aplicar la nueva distancia.

“Si bien la finalidad de la medida es legítima y busca reforzar la seguridad pública y proteger a las víctimas, resulta imprescindible evaluar su viabilidad práctica, ya que Puerto Rico cuenta con aproximadamente 2,956 ofensores sexuales registrados y alrededor de 800 escuelas públicas en operación, sin incluir cuidos y escuelas privadas. La imposición de una distancia mínima de 1,000 metros, considerando la densidad poblacional y la extensión territorial del país, podría dificultar que los ofensores encuentren vivienda adecuada, generando zonas de exclusión que podrían forzar el uso de direcciones falsas o la clandestinidad, complicando su supervisión efectiva”, indicó García. 

García Ibarra también explicó que, a diferencia de Puerto Rico, la Ley SORNA en Estados Unidos deja a cada jurisdicción la potestad de fijar restricciones de residencia, las cuales varían considerablemente entre estados. Asimismo, advirtió sobre la falta de claridad en la aplicación prospectiva o retroactiva de la nueva medida, lo que podría implicar la relocalización de personas ya registradas y suscitar controversias constitucionales.

Toledo López indagó si la ley vigente ha sido efectiva en evitar la reincidencia de ofensores sexuales. Ante esto, Cruz defendió la efectividad del marco legal actual, señalando que “hemos tenido reincidencias, pero son las mínimas realmente”. 

Sin embargo, ante la falta de datos, la Comisión solicito datos más precisos y redefinir reincidencia en estos casos.

“La ley tiene un vacío. Queremos recomendación puntal y una distancia razonable considerando los datos geográficos de Puerto Rico”, señaló el senador Toledo López.

Entretanto, las tenientes Lillian Ortiz Oliver y Karen González, adscritas a la Policía de Puerto Rico, expresaron su apoyo a la propuesta, considerando que no supone una carga adicional para el cuerpo y que se ajusta a prácticas de otras jurisdicciones estadounidenses. No obstante, recomendaron que la ley entre en vigor en un plazo razonable para adaptar las normas existentes.

En un turno de preguntas, el senador Wilmer Reyes Berríos cuestionó la viabilidad de la implementación en Puerto Rico, a lo que González respondió que “sería factible si se aplica de manera prospectiva, evitando la relocalización masiva de ofensores ya establecidos”.

La Sociedad para Asistencia Legal, a través de la licenciada Yahaira Colón, se opuso a la medida, alegando que no existen datos que justifiquen la ampliación de las restricciones y advirtiendo que podría llevar a los ofensores a la indigencia. Del mismo modo, la doctora Iris Rosario Nieves, de la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico, criticó el endurecimiento de las restricciones, argumentando que pone en riesgo el principio constitucional de rehabilitación de los condenados.

Temas
  • ofensores sexuales
  • proyecto de ley
  • senado

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