Jefa de compras del Gobierno asegura que su esposo no la influencia.
Karla Mercado Rivera, administradora de la Administración de Servicios Generales (ASG) . (Archivo / NotiCel).
El pasado mes, Karla Mercado Rivera, administradora de la Administración de Servicios Generales (ASG) dijo a Noticel que ostentaba una dispensa otorgada por la Oficina de Ética Gubernamental (OEG) que le autoriza a manejar temas en los que su esposo, el abogado y cabildero Anthony Maceira esté involucrado.
“Mi esposo puede cabildear donde sea, pero yo tengo una dispensa ética”, enfatizó Mercado Rivera al ser cuestionada sobre el posible conflicto de interés que surge de las contestaciones que el secretario de la gobernación, Francisco Domenech, ofreció al Senado de Puerto Rico como parte de un cuestionario relacionada a su ejecutoria.
Domenech aseguró que tanto la ASG de manera institucional, y Maceira Zayas desde su rol de cabildero, buscaban lograr la cancelación del contrato otorgado a la firma Deloitte para el desarrollo del sistema de planificación de recursos empresariales del gobierno (ERP, por sus siglas en inglés).
De acuerdo con el Articulo 1.2 (n) de la Ley de Ética, el término “conflicto de intereses” significa aquella situación en la que el interés personal o económico ésta o puede razonablemente estar en pugna con el interés público. La ley establece como principio ético primordial que todo servidor público debe actuar con absoluta imparcialidad y evitar conflictos entre sus intereses personales y el interés público. En ese contexto, el Artículo 4.2 de la Ley dispone que ningún servidor público puede intervenir, directa o indirectamente, en asuntos en los que tenga un interés personal o en los que puedan beneficiarse personas con quienes mantiene vínculos familiares cercanos, incluyendo su cónyuge.
Ante el convencimiento de tener un conflicto de intereses con las actividades de cabildeo de su esposo, Mercado Rivera aseguró a Noticel haber obtenido una dispensa de la OEG desde antes de ser nombrada Administradora y Principal Oficial de Compras del Gobierno de Puerto Rico en el año 2020. Lo que no queda del todo claro es la razón por la cual la supuesta dispensa fue solicitada y alegadamente obtenida tres (3) años antes de haberse casado con Maceira. “Desde que yo asumí esta posición yo tengo una dispensa ética”, aclaró enérgicamente Mercado Rivera.
Las críticas que ha generado esta controversia se basan en que, a la luz de las disposiciones de ley, un escenario en el cual la esposa de un cabildero solicitaría una dispensa sería para permitir que su cónyuge represente clientes ante ella y que está pueda tomar decisiones en favor de dichos clientes lo chocaría frontalmente con las prohibiciones legales vigentes.
No aparece la dispensa
La búsqueda de la mencionada dispensa en la plataforma de la OEG no arrojó resultados sobre que la misma fuera jamás otorgada a Mercado Rivera. Noticel solicitó a Mercado Rivera copia fiel y exacta del documento en repetidas ocasiones. La funcionaria condicionó la entrega del documento a que fuera solicitado luego de un proceso de evaluación por el Comité de Oficiales de Información de ASG.
Los detalles contenidos en la dispensa, alegadamente otorgada a Mercado Rivera son esenciales para asegurar que el interés público está protegido. La propia estructura de la Ley y su interpretación administrativa han sido consistentes en que no procede conceder dispensas cuando el conflicto es directo, continuo y de naturaleza económica, particularmente cuando involucra relaciones conyugales.
En entrevista el día 23 de abril Karla Mercado dijo a Noticel que tenía dispensa. No obstante, el día 30 de abril solicitamos nuevamente copia de la dispensa y la funcionaria nos replicó que la solicitáramos por vía del correo electrónico informaciónasg.pr.gov en cumplimiento con la Ley 141 de 2019 conocida como la «Ley de Transparencia y Procedimiento Expedito para el Acceso a la Información Pública». Como resultado de la insistencia de entregar el documento, al enviar preguntas por escrito indagando sobre la reiterada solicitud y obtención de la dispensa, el 2 de mayo Karla Mercado dijo a Noticel que en realidad nunca había solicitado ni obtenido la dispensa y que había confundido la dispensa con la solicitud de inhibición.
Tampoco aparecen los documentos de inhibición
El Artículo 4.6 de la Ley establece el deber de inhibición, requiriendo que el servidor público se desvincule totalmente de cualquier asunto donde exista un conflicto de intereses, ya sea real o potencial. El proceso de inhibición implica que el funcionario reconoce que tiene un interés personal, financiero o de cualquier otra índole que podría afectar su objetividad y por tanto se abstiene de intervenir.
La plataforma digital de la OEG no presenta evidencia de que exista un mecanismo de inhibición aprobado relacionado a Mercado Rivera, que proteja el interés público frente al interés de los clientes de su esposo. Al momento de esta publicación, Mercado Rivera no ha entregado el certificado de inhibición ni ningún documento que valide el haberlo solicitado ni obtenido.
Mercado asegura independencia de criterio
“Las decisiones que yo tomo no es por el macho que me acuesto al la’o”, aseguró Mercado Rivera en una entrevista con NotiCel, para significar que cualquier influencia que pueda ejercer Maceira Zayas en representación de sus clientes no tiene efecto sobre sus determinaciones oficiales.
A pesar de mantener un criterio libre de las posibles presiones de Maceira Zayas, la ley de ética no sugiere en estos casos obtener una dispensa para autorizarle a manejar temas de su esposo, sino que se recomienda que los funcionarios procuren abstenerse de involucrarse directamente. Está obligación no es discrecional, sino mandatorio.
A pesar de la controversia, aún no está del todo claro si la inhibición de Mercado Rivera era necesaria, toda vez que no se ha podido validar si Maceira Zayas o su firma MZLS, LLC manejan algún cliente en el ecosistema que envuelve la plataforma de ERP que desarrolla Deloitte a través de la Oficina de Gerencia y Presupuesto, y la empresa V2A, LLC para ASG. Esa información pudiera estar disponible si Maceira Zayas y su empresa hubieran acatado la orden ejecutiva que crea el registro de cabilderos a través del Departamento de Justicia.
Luego de la publicación de esta nota, Mercado Rivera publicó en sus redes sociales un documento de inhibición de hace seis años cuando aún no estaba casada con Maceira Zayas.
El 23 de abril Mercado Rivera indicó a NotiCel que contaba con una dispensa. Siete días después, este medio le solicitó una copia del documento que, según dijo, recibió de la Oficina de Ética Gobernamental. A pesar de que se le compartió un correo electrónico en que podía enviar el documento, solo se recibió una notificación, el 19 de mayo, de la ASG indicando que la dispensa de la OEG tendría que ser solicitada al amparo de la Ley de Transparencia y Procedimiento Expedito para el Acceso a la Información Pública.
El 2 de mayo, NotiCel hizo requerimiento a la Administradora nuevamente relacionado tanto a la alegada dispensa, como a la inhibición, a lo que Mercado Rivera, de manera contradictoria a lo indicado en entrevista del 23 de abril, en cuanto a que tuviera una dispensa, indicó que solo tenía una inhibición la cual nunca proveyó, a pesar de los múltiples requerimientos de este medio.

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