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Gobernadora firma ley que flexibiliza requisitos para recibir desempleo

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Gobernadora firma ley que flexibiliza requisitos para recibir desempleo

19 de mayo de 2020 - Servicarro para entrega de documentos y solicitudes al desempleo del Departamento del Trabajo.

Faculta al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos a compensar la semana de espera de los beneficios del Programa de Seguro por Desempleo

La gobernadora Wanda Vázquez Garced convirtió en Ley un proyecto de Administración recientemente aprobado por la Asamblea Legislativa, para beneficio de los trabajadores que se acogen al desempleo en caso de un decreto de emergencia.

El Proyecto del Senado 1574 se convirtió en la Ley 54-2020, que faculta al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH), a compensar la semana de espera de los beneficios del Programa de Seguro por Desempleo y eximir temporeramente a los trabajadores del requisito de búsqueda activa de empleo en casos en los que se haya declarado un estado de emergencia.

“Con la firma de esta Ley se suspende temporeramente el requisito de semana de espera para recibir los beneficios del seguro por desempleo y se considera cómo distribuir de manera justa los costos a los patronos y el impacto a la solvencia del Fondo del Seguro por Desempleo,” indicó Vázquez Garced.

La primera ejecutiva agregó que en aras de garantizar la asistencia económica que necesitan los trabajadores durante esta pandemia, el Gobierno de Puerto Rico está comprometido con la participación activa en los programas que el gobierno federal ofrece para allegar mayores fondos a los trabajadores en los estados durante esta emergencia.

Por su parte, la secretaria del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH), Briseida Torres indicó: “Aunque el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos ya ha ido implementando administrativamente medidas para flexibilizar la elegibilidad a los beneficios durante este periodo en el que son tan necesarios para nuestra fuerza trabajadora, era indispensable enmendar la Ley de Seguridad de Empleo de Puerto Rico para elevar las mismas a un rango estatutario y cumplir con los requisitos federales. La firma de esta Ley es una herramienta más para poder atender a los cientos de miles de trabajadores y trabajadoras en Puerto Rico que se han visto afectados durante la emergencia sin precedentes que nos afecta, y además provee un alivio a los patronos que también han sentido el impacto económico de la pandemia».

Por otro lado, la nueva Ley concede a la secretaria del DTRH la facultad de eximir a los solicitantes del requisito de búsqueda de empleo durante estados de emergencia cuando para ello haya mediado autorización del Departamento del Trabajo federal. A diferencia de la semana de espera, la búsqueda de empleo de un solicitante es un requisito de elegibilidad impuesto por el Gobierno federal para los programas de desempleo estatales.

Asimismo, Vázquez Garced expresó que este nuevo estatuto beneficiará a los patronos, quienes se han visto afectados al igual que los trabajadores, ya que la mayoría de los patronos han sido llamados a cerrar los centros de trabajo en la isla para cumplir con las órdenes del gobierno de Puerto Rico y prevenir la propagación del virus.

“Este es un paso esencial en el manejo del COVID-19 y agradecemos la cooperación de los patronos en preservar la seguridad de nuestro Pueblo. Entendemos que los patronos no deben asumir la totalidad de los costos que conllevan los beneficios de desempleo estatales a raíz del estado de emergencia”, agregó la mandataria.

Esta Ley establece que, en las cuentas de los patronos, las cuales reflejan la experiencia individual de estos en cuanto a desempleo (sistema de experiencia), sólo se reducirán la mitad de los beneficios pagados a sus trabajadores cuando sean basados en reclamaciones presentadas como consecuencia de la pandemia de COVID-19. Este beneficio reducido aplicará de igual forma a aquellos patronos que realizan los pagos al Fondo del Seguro por desempleo por medio de reembolsos. El débito reducido que establece esta Ley aplicará a las semanas de beneficios regulares estatales que sean reclamadas por los efectos del COVID-19 desde el 15 de marzo de 2020 hasta la semana que culmina el 26 de diciembre de 2020.

“Lo que queremos es, con la colaboración del gobierno Federal, flexibilizar los requisitos y así ayudar a los trabajadores afectados durante un estado de emergencia. Esta facultad de la secretaria será retroactiva para que aplique a las semanas reclamadas luego de la declaración de emergencia el 12 de marzo de 2020. Agradezco a los legisladores de la Cámara y del Senado por haber atendido este proyecto con la premura que ameritan estos tiempos”, dijo la gobernadora.

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