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Periodistas rechazan proyecto que restringe la transmisión de procesos judiciales

Varios grupos plantearon que ya los propósitos de la medida legislativa están cubiertos en un reglamento del Poder Judicial.

Por NotiCel Jun 24, 2026
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Periodistas rechazan proyecto que restringe la transmisión de procesos judiciales

Ponentes en la Cámara de Representantes para el proyecto que restringe la transmisión de los procesos judiciales. (Suministrada)

Las entidades que agrupan a los periodistas y fotoperiodistas se opusieron el martes a una medida legislativa que restringirían la transmisión de los procesos judiciales que viene ocurriendo bajo un reglamento del Poder Judicial desde hace 13 años.

El Proyecto de la Cámara 1211, del representante novoprogresista Gabriel Rodríguez Aguiló, busca prohibir la transmisión en tiempo real de las vistas de causa probable para arresto y vistas preliminares.

La Asociación de Periodistas de Puerto Rico (ASPPRO), por voz de su presidenta, Nydia Bauzá, no respaldó esta pieza ya que “cerraríamos la puerta a la transmisión de vistas de causa para arresto y vistas de causa probable en casos contra figuras de alto perfil, procesos de elevado interés público”.

Bauzá expuso que, en la actualidad, el Tribunal Supremo, mediante el Programa Experimental para el Uso de Cámaras Fotográficas y Equipo Audiovisual de Difusión por los Medios de Comunicación en los Procesos Judiciales (PECAM), permite el acceso con cámaras a salas de los tribunales “siempre y cuando se cumpla con un mecanismo de solicitud de parte de los medios de comunicación y el Tribunal Supremo lo autorice”.

La periodista manifestó que, como parte de este proceso, tanto su organización como el Overseas Press Club (OPC) y la Asociación de Fotoperiodistas (AFPR) participaron el pasado 18 de mayo en un ejercicio de aquilatar los resultados del PECAM, luego de lo cual “el Tribunal Supremo acordó instituir de forma permanente con mayor salvaguarda para proteger los derechos de los acusados y de las víctimas”, el Programa de Cobertura Electrónica y Difusión de Procesos Judiciales” (PROCEDI). Este es el sucesor del programa experimental que se creó en 2013 y bajo el cual han ocurrido, desde entonces, transmisiones de procesos criminales y civiles desde varias regiones judiciales.

Bauzá señaló que el reglamento que se busca poner en vigor contiene restricciones y salvaguardas para proteger de un peligro potencial a cualquier persona involucrada en el proceso judicial, por lo que “basta con el que el juez que preside el proceso estime, en consideración al interés de la justicia, que la protección es necesaria”, para que su testimonio pueda excluirse o limitarse de la cobertura electrónica.

Otra de las salvaguardas es la prohibición de tomas cercanas a los participantes del proceso, así como la suspensión de suspender la cobertura en cualquier momento mediante una orden de un juez.

“La ASPPRO entiende que el espíritu del proyecto está salvaguardado con las protecciones que el nuevo reglamento del Tribunal Supremo garantiza, por lo que no respalda la aprobación de esta pieza por ser innecesaria”, puntualizó Bauzá.

En iguales términos se expresaron Wilma Maldonado Arrigoitía, presidenta del OPC, y Josian Bruno Gómez, presidente de la AFPR, quienes recomendaron que se le permita al Poder Judicial continuar evaluando y dirigiendo la apertura de los tribunales a la prensa.

Ante la Comisión de lo Jurídico compareció también la Federación de la Magistratura de Puerto Rico (FMPR), una entidad creada en enero pasado y representada por su presidente, el juez apelativo Carlos Salgado Schwarz.

El magistrado respaldó la medida porque “responde a una realidad que los jueces confrontamos a diario en las salas de nuestros tribunales; la transmisión en vivo, por plataformas digitales y redes sociales, de etapas tempranas del proceso criminal que no han sido diseñadas para la exposición mediática masiva, con consecuencias reales y documentables para la integridad del proceso judicial y los derechos de todas las partes”.

Añadió que el reglamento aprobado por el Tribunal Supremo como parte del PROCEDI no contiene parámetros uniformes sobre los procesos de transmisión, por lo que deja a la discreción de los jueces administrativos de cada región judicial, la aplicación de este.

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