Tribunales

Apelativo federal confirma la condena y sentencia de Ángel Pérez Otero

El foro revisor concluyó que la jueza no cometió los errores alegados y que los jurados fueron razonables en su veredicto sobre los actos de corrupción imputados.

Por Oscar J. Serrano May 16, 2026
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Apelativo federal confirma la condena y sentencia de Ángel Pérez Otero

El convicto exalcalde de Guaynabo, Ángel Pérez Otero. (Archivo/Juan R. Costa)

El Primer Circuito de Apelaciones de Boston confirmó la condena por corrupción y la sentencia de cinco años y tres meses impuesta al exalcalde novoprogresista de Guaynabo, Ángel Pérez Otero, el único de los ejecutivos municipales que escogió ir a juicio en la racha de procesamientos que la fiscalía federal desarrolló a raíz de la cooperación del contratista Oscar Javier Santamaría Torres.

Según su récord de preso, Pérez Otero está pautado para ser liberado en octubre de 2027.

Los abogados del exalcalde presentaron varios argumentos en apelación, pero a lo largo de la sentencia, los jueces de ese foro resaltaron que muchos de los argumentos no estaban bien desarrollados o no indicaban en qué parte del récord del juicio se fundamentaban. La defensa “no logra abordar de manera significativa ninguna de las pruebas”, apuntaron.

En esencia, Santamaría Torres se sentó en el banquillo de los testigos para apuntar que le hizo pagos a Pérez Otero de $5,000 cada “cuatro o cinco semanas” para distintos propósitos: pagar una deuda de campaña de $70,000; conseguir contratos para la empresa Island Builders; y donativos políticos. El contratista no aparece formalmente vinculado con Island Builders pero en el juicio quedó claro que era un frente corporativo que usaba aunque otro aparecía como presidente.

Como riposta, Pérez Otero alegó que la jueza no tomó medidas apropiadas para atender la publicidad perjudicial que se desarrolló cuando la fiscalía adelantó unas fotos de él aceptando un sobre abultado; que la fiscalía no demostró el “esto por aquello” (“quid pro quo”) que requiren los procesamientos por soborno; que la jueza pudo haber influenciado indebidamente al jurado con sus instrucciones; y que hubo defecto en el pliego porque nunca mencionó donativos políticos pero entonces la fiscalía introdujo evidencia en el juicio sobre donativos políticos.

El panel de jueces apelativos, que incluye al puertorriqueño Gustavo Gelpí, rechazó todos los argumentos al entender que, o no se desarrollaron o las supuestas fallas caen dentro de lo que un “jurado razonable” pudo haber creído.

Por ejemplo, encontraron que Pérez Otero no atendió en su apelación la manera natural y sin cuestionar que recibía y escondía los pagos que le hizo Santamaría Torres, ni cómo sucedían cosas con los contratos de Island Builders que era lo que el contratista quería, o que no se atacó la evidencia de cómo el exalcalde influenciaba a la Junta de Subastas del ayuntamiento, o cómo la Oficina del Contralor Electoral no tenía registrado donativos de Santamaría Torres en la misma cantidad de los pagos que el contrarista le hizo, y que la evidencia no sostenía la alegación de Pérez Otero de que el Negociado Federal de Investigaciones lo “entrampó” mediante el contratista.

Los jueces también rechazaron que la jueza tuviera que acceder a las peticiones de posposición del proceso, que comenzó en marzo de 2023, por supuesta publicidad perjudicial. Relataron que, hasta el mismo día en que comenzó el desfile de prueba, la jueza Aida Delgado Colón descalificó jurados por evidencia que le trajo el acusado de posible prejuicio. Pero, la jueza no tenía que acceder a la pretensión de Pérez Otero de anular el juicio por eso.

Vea:

Ángel Pérez es sentenciado a 63 meses de prisión

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