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Cuestionan constitucionalidad de reforma energética ante el Tribunal

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Cuestionan constitucionalidad de reforma energética ante el Tribunal

Cuatro ciudadanos, entre ellos un abogado, radicaron una demanda ante el Tribunal de Primera Instancia contra el gobierno en donde se solicita que se declare inconstitucional la ley de reforma energetica debido a que eliminó los mecanismos que tiene el abonado para objetar su factura en violación al debido proceso de ley.

El abogado del caso y también demandante,Hiram Torres, radicó recurso en conjunto con Ángel González Esperon, Yanira Nazario, y José Arnaldo Ramos, todos abonados bonafide de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE).

Torres dijo a NotiCel que ninguno de ellos se encuentra en estos momentos objetando sus facturas de luz, pero que se percataronque se habían eliminado los mecanismos para objetar las facturas ante la corporación pública bajo la nueva ley.

‘La ley crea una Comisión de Energía que crearía la reglamentación para objetar facturas, pero todavía no se ha nombrado. La nueva ley dejó en el aire el proceso’, explicó.

La demanda solicita un interdictopreliminar para impedir que el gobierno implante la nueva ley, y que se declare una sentencia declaratoria para decretar nula, ilegal e inconstitucional la ley de reforma energética, o Ley 57 del 2014.

La demanda radicada contra el gobierno y la AEE establece que la anterior ley reconoce el derecho que tiene la corporación pública de suspender la prestación de servicios en aquellos casos en que los abonados o usuarios dejen de pagar los cargos y tarifas que se les haya facturado. Conjuntamente con esa prerrogativa de la AEE, los abonados o usuarios tienen, también, el derecho a cuestionar la corrección de lo facturado y de los procedimientos que utilicen dichas corporaciones públicas para suspender el servicio prestado.

Al eliminarse el derecho del abonado de objetar su factura, se violenta el debido proceso de ley del consumidor.

Según Torres, la ley de reforma energética es inconstitucional de su faz y en su aplicación, habida cuenta de que priva a los abonados del derecho fundamental a un debido proceso de ley, incluyendo el derecho a objetar los cargos contenidos en sus facturas de luz, derecho que en casos de servicios públicos esenciales ha sido reconocido por el Tribunal Supremo de los Estados Unidos.

‘El Tribunal Supremo de los Estados Unidos estableció que el debido proceso de ley exige la disponibilidad de un procedimiento administrativo informal para que el abonado tenga la oportunidad de presentar sus objeciones a las facturas a un empleado de la empresa designado para ese propósito y con autoridad para corregir los errores. Exige, también, que las empresas notifiquen al abonado o usuario la disponibilidad de ese procedimiento’, dice la demanda.

El Tribunal Supremo establece que, como parte de la obligación de la empresa pública de garantizar un debido proceso de ley al abonado ésta debe hacer asequible al consumidor, de manera clara y descriptiva, la totalidad del procedimiento disponible. Esto significa que debe explicar y divulgar de la manera más efectiva tanto los derechos del consumidor como las facultades de la agencia en el curso del proceso, y los pasos a seguir con el abonado, explicándole no sólo la dinámica del proceso sino también su contenido.

Con la aprobación de la ley de reforma energética, los abonados de la AEE han quedado desprovistos del mecanismo legal que reconoce la ley para la objeción de sus facturas de luz. De igual forma, las salvaguardas que protegían al consumidor en casos de suspensión del servicio por parte de la corporación pública, ya no les aplican a los abonados de la AEE, dice la demanda.

A pesar de esto, las facturas de luz posterior a la fecha de aprobación de la reforma energética continúan informando a los abonados sobre su derecho a objetar sus facturas conforme a la Ley Núm. 33, estatuto que ya no le aplica a la AEE. ‘Esto implica que la propia AEE está induciendo a error a los abonados de la corporación pública’, dice la demanda.

NotiCel intenó obtener respuesta de la AEE sobre la demanda, pero las gestiones no rindieron frutos.

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