Referida a Ética Gubernamental y Justicia la secretaria de la Familia
Por perjurio al ocultarle al Senado, según el portavoz popular Luis Javier Hernández, que fue blanco de una investigación.
Luis Javier Hernández. Archivo/NotiCel.
El portavoz de la delegación del Partido Popular Democrático (PPD) en el Senado, Luis Javier Hernández Ortiz, refirió el caso de la secretaria de la Familia, Suzanne Roig Fuertes a la Oficina de Ética Gubernamental (OEG) y al Departamento de Justicia por perjurio.
El el caso de la OEG, se envió una misiva a Luis A. Pérez Vargas, director ejecutivo del organismo, donde se detalla el caso, particularmente lo relacionado a las posibles violaciones a diversas leyes, incluyendo la Ley de Ética Gubernamental, se detalló en un comunicado de prensa.
“Se señala de forma directa a la hoy secretaria del Departamento de la Familia utilizando una posición pública para favorecer la contratación de una entidad privada. De manera directa se establece que Roig Fuertes promovió que se le aumentara la compensación a un proveedor de servicios del Departamento de Salud para que este subcontratara los servicios de la compañía favorecida por la funcionaria”, señaló el senador.
Para el también abogado, estos hechos, hacen necesaria la intervención urgente de la OEG.
“Referimos este asunto para su atención y esperamos el mismo pueda ser evaluado conforme las leyes, normas y reglamentos que rigen en nuestro ordenamiento jurídico”. Por otro lado, en la carta a Lourdes Gómez Torres, secretaria de Justicia, se le señala que el 30 de diciembre de 2024 la entonces gobernadora electa, Jenniffer A. González Colón designó a Suzanne Roig Fuertes como Secretaria del Departamento de la Familia. Eventualmente, el 9 de enero de 2025, previo al inicio de la primera sesión legislativa, el Senado de Puerto Rico recibió dicha designación.
Continúa la misiva señalando que como parte del proceso de consejo y consentimiento, los designados tienen que completar ante la Oficina de Evaluaciones Técnicas de Nombramientos del Senado un expediente y entre otras cosas se requiere que completen un formulario titulado: “Historial Personal de los nominados para la Rama Ejecutiva y Judicial”. En ese formulario se requiere que el designado conteste las siguientes preguntas: #26: “Tiene usted conocimiento de que exista alguna investigación administrativa, civil o criminal en la que usted esté involucrado por parte de cualquier autoridad estatal o federal.”
La entonces nominada contestó “No”. En la #43 se solicita: “Indique cualquier asunto presente o pasado de su vida o sus circunstancias que usted entienda que debe señalar, pues podría crear alguna controversia sobre su designación.” La nominada respondió “Ninguna”.
“Dichas respuestas fueron puestas bajo el juramento de un Notario Público con fecha del 27 de enero de 2025. Recientemente, han surgido ciertas controversias en torno a esta funcionaria pública. De hecho, esta misma semana le cursamos a usted una misiva donde solicitamos que se investiguen las alegaciones contenidas en el Informe de Investigación del Departamento de Salud. En esta ocasión sin embargo, referimos a Roig Fuertes por el perjurio cometido en el proceso de consejo y consentimiento ante el Senado de Puerto Rico. Aun cuando contestó en la negativa a ambas preguntas del Formulario de “Historial Personal de los nominados para la Rama Ejecutiva y Judicial”, la funcionaria recientemente ha dicho lo contrario”, detalló Hernández Ortiz.
La carta a Justicia señala además que el 14 de abril Roig Fuertes fue entrevistada por el Programa Rayos X de Telemundo, y allí admitió a preguntas de los periodistas Yolanda Vélez Arcelay y Jose Carlos Sánchez Cintrón que cuando fue entrevistada por la gobernadora previo a su designación le mencionó sobre las alegaciones que se hacían en su contra.
Dijo además, que no le dijo nada de esto al Senado.
El Código Penal establece en su artículo 269 que comete el delito de perjurio, toda persona que “[j]ure o afirme, testifique, declare, deponga o certifique la verdad ante cualquier tribunal, organismo, funcionario o persona competente y declare ser cierto cualquier hecho esencial o importante con conocimiento de su falsedad o declare categóricamente sobre un hecho esencial o importante cuya certeza no le consta”.
Quien incurra en este delito se expone a una pena de reclusión por un término fijo de tres años. El Tribunal Supremo de Puerto Rico ha tenido oportunidad de interpretar este delito, en el contexto de los procesos legislativos, así ha interpretado que el término “organismo” incluye las comisiones de los cuerpos legislativos.
“Estos hechos, hacen necesaria la intervención del Departamento de Justicia, agencia que usted dirige. A tono con ello, referimos este asunto para su atención e investigación conforme lo dispone la Ley 2 de 23 de febrero de 1988, según enmendada, y conocida como “Ley de la Oficina del Panel del Fiscal Especial Independiente. Nosotros nos reiteramos: Suzanne Roig debe abandonar su posición en el Departamento de la Familia y si no está dispuesta a ello, como parece estar, entonces la Gobernadora debe demostrar quien es el adulto en la casa y destituir a esta funcionaria. El País no puede aguantar un día más a esta funcionaria en una posición en la que maneja cientos de millones de dólares y que ha sido señalada precisamente por intervenir de forma indebida para beneficiar económicamente a una compañía privada sin pasar por los procesos de contratación exigidos en Puerto Rico”, funcionaria”, finalizó Hernández Ortiz.
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