Proyecto crearía un registro de caballos, pero deja fuera del panorama a los realengos
El costo que implique registrar el caballo será responsabilidad del dueño. El proyecto, lleno de lagunas, no legisla penalidades para dueños que no registren sus caballos y deja ese asunto en manos de la OECA.
El costo que implique registrar el caballo será responsabilidad del dueño. El proyecto, lleno de lagunas, no legisla penalidades para dueños que no registren sus caballos y deja el asunto completamente en manos de la OECA. Juan R. Costa/NotiCel.
Un proyecto de ley obligaría a todo el que se considere dueño de un caballo en Puerto Rico a colocarle un microchip y apuntarlo en un registro a ser administrado por la Oficina Estatal para el Control de Animales (OEACA), adscrita al Departamento de Salud.
El Proyecto del Senado 1159, de la senadora Brenda Pérez Soto, no dice nada sobre qué pasará con los caballos que no formen parte de un registro digital a ser creado por el Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS). Solo señala que la información en el registro podrá ser utilizada para identificar su dueño y ser utilizada para fines investigativos.
El costo que implique registrar el caballo será responsabilidad del dueño. El proyecto, lleno de lagunas, no legisla penalidades para dueños que no registren sus caballos y deja posibles penalidades en manos de la OECA.
La medida parte de la premisa de que es necesaria para promover la seguridad vial “mediante la identificación adecuada de los caballos”. No obstante, la pieza legislativa tampoco legisla penalidades para dueños que registren el animal y luego estos se vean involucrados en accidentes de tránsito.
Tendrían que ser registrados “todos” los caballos en la isla, incluyendo los pertenecientes a criadores, centros ecuestres y propietarios individuales. No precisa a partir de qué edad.
La información en el registro, que incluiría el nombre, el número de un microchip a ser incrustado y una foto, entre otros datos, estaría al alcance, únicamente, de la Policía, el Departamento de Seguridad Pública y cualquier otra entidad que determine la OEACA por reglamento.
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