Hernández propone el primer código sobre los derechos de personas con diversidad funcional
El documento incluiría toda la legislación y reglamentación dirigida a la protección de esa población.
El joven Sebastián Rodríguez tomando la palabra en la conferencia de prensa de ayer. (Foto suministrada)
El portavoz de la delegación del Partido Popular Democrático (PPD) en el Senado, Luis Javier Hernández Ortiz, presentó una resolución para ordenar a la Defensoría de las Personas con Impedimentos (DPI) la creación del Código Integral de derechos para la defensa de Personas con Diversidad Funcional.
El documento incluiría toda la legislación y reglamentación dirigida a la protección de esa población; la redacción de dicho código estará a cargo de un grupo multisectorial adscrito a la Defensoría de las Personas con Impedimentos de Puerto Rico.
“Esta medida crea un código integral de derechos para personas con diversidad funcional. Actualmente, las protecciones están dispersas en múltiples leyes, lo que genera falta de uniformidad y cumplimiento desigual”, señaló el legislador en conferencia de prensa en el Senado junto a grupos de interés.
El también abogado señaló que todos los años se adoptan leyes para regular distintos asuntos, que van desde la forma y manera en que convivimos como sociedad, asuntos relacionados a la seguridad, a la salud, a la vivienda y a los derechos en general que tiene la población. “Eso trae como consecuencia que tengamos un cúmulo de leyes dispersas generando así una falta de uniformidad, pero más aun un incumplimiento a dichas normas desde las esferas gubernamentales. Esto desemboca en que las poblaciones vulnerables, incluyendo personas con diversidad funcional, no vean garantizados sus derechos conforme establecen las leyes”, aseguró el portavoz.
En Puerto Rico, de acuerdo con el Negociado del Censo de los Estados Unidos, el 21.9% de la población tiene algún tipo de diversidad funcional. Comparado con las 53 jurisdicciones de los Estados Unidos de América, Puerto Rico tiene: (a) la tasa de prevalencia más alta de personas con diversidad funcional; (b) la tasa más alta de personas con diversidad funcional viviendo bajo los estándares de pobreza (53.5%); (c) la tasa más baja de empleo (23.7%); (d) la tasa más baja de personas con diversidad funcional que trabajan a tiempo completo por todo el año (15.2%); (e) la mediana de ingresos más baja entre las personas con diversidad funcional que trabajan a tiempo completo por todo el año ($22,200.00) y (f) ocupa la posición decimosexta entre quienes no están trabajando, pero están activos en la búsqueda de empleo (8.3%).
Con el pasar del tiempo, la Asamblea Legislativa ha establecido distintas iniciativas para esta población, en aras de garantizarle oportunidades, permitir espacios donde estos puedan desarrollarle, y garantizar sus derechos. Por mencionar solo algunos ejemplos, en el 2012, se aprobó la Ley 250-2012, esta Ley creó la ‘Ley de Admisión Extendida, Acomodo Razonable y Retención para Estudiantes con Impedimentos o Diversidad Funcional en Transición desde la Escuela Secundaria a Grados Postsecundarios’.
Por otro lado, mediante la Ley 18-2020, conocida como la “Ley de Concienciación y Sensibilidad hacia las Personas con Diversidad Funcional” se creó el ordenamiento jurídico para que el Departamento de Educación, en conjunto con la Defensoría de las Personas con Impedimentos y la Junta de Instituciones Postsecundarias adscrita al Departamento de Estado, diseñen, planifiquen y ejecuten talleres dirigidos a los estudiantes del País para crear conciencia y sensibilidad hacia las personas con diversidad funcional e impedimentos. Así se obligó al Departamento de Educación a ofrecer, al menos una vez al año, en cada una de las escuelas del sistema de educación tanto público como privado, un taller para cumplir con los propósitos de dicha Ley.
Más recientemente, se aprobó la Ley 6-2025 que creó la ‘Ley del Expediente Digital Único para Personas con Diversidad Funcional’ y ordenó a la Puerto Rico Innovation and Technology Service, conocida como ‘PRITS’ que llevaran a cabo la creación, implementación y mantenimiento de un expediente digital centralizado. Este expediente tiene el propósito de recoger en una misma plataforma todo lo relacionado a los servicios que prestan agencias como el Departamento de Salud, el Departamento de Educación y la Administracion de Rehabilitación Vocacional para las personas con diversidad funcional. Posteriormente, se aprobó la Ley 14-2025 que creó la ‘Ley Uniforme de Derechos Suplementarios para la Población con Diversidad Funcional y Adultos Mayores’.
«Las iniciativas antes mencionadas, son solo un reflejo del reconocimiento que el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo le han dado a la población con diversidad funcional a lo largo de los años. No obstante lo anterior, entendemos loable el establecimiento de un grupo multisectorial de trabajo compuesto por distintos profesionales, incluyendo aquellos de la conducta humana para que en conjunto conformen parte de la iniciativa para crear un ‘Código para Personas con Diversidad Funcional e Impedimentos’ en Puerto Rico. Lo que aspiramos con la presente iniciativa, es establecer la zapata de un ordenamiento jurídico compilado, recogido en un solo estatuto, donde a las personas con diversidad funcional o impedimentos, así como a los familiares de estos, se les haga mucho más fácil el acceso a las fuentes legales que les garantizan sus derechos», manifestó el legislador.
- Código
- diversidad funcional
- Luis Javier Hernández
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