Legislatura

A convertir en delito menos grave obstruir la vía pública en medio de una protesta

El Colegio de Abogados y Abogadas ha planteado que el castigo por obstruir la vía pública es desproporcional.

Por Javier Colón Dávila Feb 5, 2026
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A convertir en delito menos grave obstruir la vía pública en medio de una protesta

La extensa solicitud de información, presentada por Rivera Schatz tras anunciar al exsecretario de Hacienda, Francisco Parés, como asesor, se hizo antes de que la Junta de Supervisión Fiscal determinara que el proyecto contributivo de administración no era viable. (Archivo/NotiCel)

Un proyecto de ley incluido en el Calendario de Órdenes Especiales de la sesión de hoy del Senado convertiría en delito menos grave obstruir la vía pública como resultado de una protesta.

El Proyecto de la Cámara 271 es de la autoría del representante José “Pichy” Torres Zamora y enmienda el Código Penal para que sea castigada con una acusación menos grave una persona que “sin autoridad en ley, intencional y deliberadamente, obstruya o impida, de manera temporal o permanente, el tránsito vehicular o el movimiento de transeúntes por las vías públicas”.

La medida, incluida en el calendario sin enmiendas, fue endosada por la Oficina de Servicios Legislativos, indicando que no atenta contra la libertad de expresión sino que pretende “regular la manera y el lugar, con el fin de proteger el libre tránsito y el orden público”. También recibió un informe positivo de la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor, que preside Héctor Joaquín Sánchez.

El Colegio de Abogados y Abogadas sostuvo que la medida violenta derechos fundamentales como la libertad de expresión, el derecho a congregarse y constituye censura previa. Además, la sanción penal no es proporcional con el delito cometido, “ni cumple con el fin que se persigue sin infringir derechos constitucionales”.

Según el Colegio, la conducta que se intenta sancionar ya es atendida por la Ley de Tránsito, específicamente el artículo 4.05 titulado Obstrucción Innecesaria del Tránsito. Sin embargo, el artículo no incluye castigo. “A diferencia de las sanciones establecidas (en) la ley de tránsito, este proyecto pretende tipificar una conducta con un lenguaje que no es neutral y es demasiado amplio y vago”, indicaron en la ponencia.

“Entendemos que es un grave error aprobar leyes que los Tribunales probablemente declararán inconstitucionales y que tendrán el efecto adverso y terrible de procesar a personas que válidamente ejercen su derecho a la libre expresión, a la protesta y que reclaman al gobierno la reparación de agravios”, agregaron.

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