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Un año de orientación antes de eliminar el uso de bolsas plásticas

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Un año de orientación antes de eliminar el uso de bolsas plásticas

A partir del 29 de enero el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), la Autoridad de Desperdicios Sólidos (ADS), el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO), la Junta de Calidad Ambiental (JCA), así como los municipios, deben idear un programa educativo y de orientación sobre la implantación de la ‘Ley para la Promoción de Bolsas Reusables y la Reglamentación del Uso de Bolsas Plásticas en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico’, firmada por el gobernador Alejandro García Padilla el pasado 29 de diciembre de 2015.

La ley que ‘elimina y prohíbe el uso de bolsas plásticas desechables y ordena el reemplazo de las mismas por alternativas ecoamigables a nuestra flora y fauna, tal y como lo son las bolsas reusables’, entraría en vigor a finales de diciembre de 2016. No obstante, los comercios que no implementen efectivamente las disposiciones de la misma solo recibirán notificaciones de faltas administrativas hasta el 29 de junio de 2017. Luego de esta fecha, el DACO podrá imponer multas.

Esta ley también establece que para prevenir la sustitución del uso indiscriminado de las bolsas plásticas desechables por las bolsas de papel, los comercios cobrarán un cargo fijo a estas últimas. Esta prohibición no aplica a los establecimientos de comida ni a las bolsas de productos o empaque denominadas como ‘Security Tamper-Evident Bags’ (STEB) provistas en los puntos de compra clasificados como ‘Duty-Free’ en las zonas francas de los aeropuertos y puertos.

De igual modo, recaerá sobre los establecimientos comerciales promocionar el cumplimiento de esta Ley y adiestrar a sus empleados a promover el uso de bolsas reusables. Sin embargo, ‘nada en esta Ley prohíbe al consumidor el utilizar bolsas de cualquier tipo (incluyendo las bolsas plásticas desechables) que este lleve al establecimiento comercial para el acarreo de sus productos’. Además, deberán colocar avisos que indiquen: ‘Comercio Libre de Bolsas Plásticas. Desde el (dd/mm/aaaa), a tenor con la Ley ##-####, todo establecimiento comercial ubicado en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, estará impedido de entregar o despachar los artículos adquiridos en bolsas plásticas. Este establecimiento comercial, a tono con la Ley vigente, es un ‘Comercio Libre de Bolsas Plásticas’. Por ende, les exhortamos a utilizar bolsas reusables para cargar sus artículos, y a que depositen sus bolsas plásticas usadas en los contenedores para esos fines, ubicados en la salida de los establecimientos comerciales, a tenor con la Ley 70-1992, según enmendada’.

A partir de junio 2017, el DACO podrá multar a los comercios que no cumplan con la Ley con $100 la primera infracción, $150 por la segunda violación, y $200 por cada violación posterior. Los boletos por faltas administrativas a tenor de esta Ley se pagarán según lo dispuesto en el inciso cuatro del artículo ocho de este estatuto. Las cantidades recaudadas ingresarán al ‘Fondo Especial para la Reducción, Reutilización y Reciclaje de Residuos Sólidos’ adscrito a la ADS. Los infractores tendrán 30 días para solicitar revisión o pagar la multa. De no hacerlo, cada mes se agregará 10 por ciento de la multa como recargo. Para finales de marzo, el DACO debe tener listo el reglamento para imponer estas multas.

De igual modo, los municipios que aprueben ordenanzas a los fines de ampliar las disposiciones y prohibiciones contenidas en la Ley tendrán jurisdicción concurrente con el DACO y coordinarán con la agencia las inspecciones sobre el cumplimiento de la misma dentro de su jurisdicción. El monto recaudado mediante los boletos impuestos a los establecimientos comerciales que ubican en la jurisdicción de estos municipios con ordenanzas aprobadas a tenor con los fines de esta Ley, se mantendrán en las arcas del municipio. En estos casos, se informará de la imposición de estas faltas administrativas a las Oficinas de Patentes Municipales, Oficina de Finanzas y al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) de cada municipio. Aquel establecimiento comercial cuyas infracciones no sean pagadas en su totalidad, no podrán renovar sus patentes municipales hasta tanto obtenga el saldo de las mismas.

El municipio de Rincón ya puso en vigor una ordenanaza para promover el uso de bolsas reusables y prohíbe, dentro de sus límites jurisdiccionales, que una tienda o establecimiento provea a sus consumidores una bolsa plástica desechable. Asimismo, el municipio de Cabo Rojo hizo lo propio y se encuentra en la fase de educación de su ordenanza a los mismos fines.

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