Departamento de Hacienda embarga más negocios por retener IVU
El secretario del Departamento de Hacienda, Juan Zaragoza Gómez, informó que el miercoles, fueron impactados otros dos restaurantes del área metropolitana por no remitir el Impuesto de Ventas y Uso (IVU) a la agencia, entre otras violaciones al Código de Rentas Internas.
'Estos establecimientos, muy conocidos y concurridos, le fallaron a su clientela y al Gobierno al retener para su uso el IVU que están cobrando. Como adelantamos la semana pasada, tenemos un grupo de casos evaluados y estamos listos para intervenirlos, a menos que los comerciantes recapaciten a tiempo y se nos acerquen para ponerse al día', dijo Zaragoza Gómez en un comunicado de prensa.
'Los restaurantes embargados tienen deudas acumuladas por más de 1 millón de dólares, los que en su mayoría corresponden al IVU. En ambos casos las investigaciones cubren desde el año 2009 hasta el presente', agregó.
Uno de ellos, ubicado en Río Piedras, adeuda 248,000 dólares de IVU y otros 51,000 dólares por diferentes conceptos. Este restaurante además, hoy recibió varias multas por un total de por 22,000 dólares por no tener vigente la licencia de destilación, poseer bebidas alcohólicas que no pagaron impuestos, tener bebidas mezcladas que no están de acuerdo con la descripción del envase, tener bebidas sin la rotulación que diga Puerto Rico e Impuestos Pagados y por poseer máquinas o artefactos de entretenimiento sin autorización.
El otro establecimiento que opera en el Viejo San Juan, le debe al Departamento más de 800,000 dólares, de los que 759,000 dólares corresponden al IVU, según reflejaron auditorías y otros 100,000 dólares aproximadamente, por otros impuestos dejados de pagar.
'Estos embargos son parte de los nuevas herramientas de cobro que estamos utilizando en el Departamento desde noviembre. Reitero nuestro compromiso de continuar trabajando intensamente para poner la casa en orden y recuperar la confianza de los contribuyentes', dijo el secretario.
El Código de Rentas Internas dispone que toda persona responsable de recaudar, retener y depositar el pago de cualquier contribución impuesta, estará sujeta en su carácter personal a una penalidad igual a la cantidad total de la contribución evadida, dejada de recaudar, dejada de retener, dejada de depositar, dejada de ser reportada o dejada de ser entregada por la entidad o persona sujeta a dicha obligación.
Los embargos y cierres de localidades tienen carácter preventivo y se efectúan con el propósito de garantizar el cobro de deudas con el Estado Libre Asociado. Transcurridos 30 días a partir de la fecha de notificación, el embargo será ejecutado si no se ha cancelado la deuda en su totalidad. Después de ese período, la propiedad embargada o parte de ella, será vendida en pública subasta tan pronto sea posible, sin más avisos.