Reviven propuesta para permitir la portación de más de un arma de fuego cargada
En el 2022 un proyecto por petición de CODEPOLA para permitir la portación de más de un arma de fuego cargada recibió un largo trámite legislativo, pero finalmente ese lenguaje fue eliminado.
El proyecto extiende la vigencia de licencias de armas especiales a víctimas de violencia doméstica y acecho de 90 días a cinco años. Archivo/Noticel.
Un proyecto de ley presentado a petición de la Corporación para la Defensa del Poseedor de Licencia de Armas (CODEPOLA) permitiría que un ciudadano con licencia de armas pueda portar todas las armas de fuego que quiera a la vez y cargadas.
El Proyecto de la Cámara 1138 fue presentado por el representante penepé Félix Pacheco y la disposición sobre portar dos armas de fuego cargadas a la vez no es justificada en la Exposición de Motivos, que incluye múltiples enmiendas a la nueva Ley de Armas aprobada en el 2019.
En el 2022, durante la discusión de dos proyectos de ley de enmiendas a la Ley de Armas se incluyó un lenguaje en un proyecto sustitutivo para permitir la portación de hasta dos armas de fuego de un arma de fuego cargada recibió un largo trámite legislativo, pero finalmente ese lenguaje fue eliminado.
Actualmente la Ley 168-2019 dispone que solo se permite la portación de un arma de fuego a la vez, siempre y cuando solo una esté cargada. Con el cambio propuesto se permitirá “más” de un arma de fuego a la vez -y cargadas-, siempre y cuando sean pistolas o revólveres. Sí se mantiene el lenguaje de que, si se porta más de un arma a la vez, una tendrá que estar dentro de un estuche cerrado, que no refleje su contenido.
El proyecto extiende la vigencia de licencias de armas especiales a víctimas de violencia doméstica y acecho de 90 días a cinco años. Otra enmienda a la Ley 168-2019 es que, entre los impedimentos para obtener una licencia de armas, se indica que la persona no habrá sido separada de manera deshonorable de las fuerzas armadas. Actualmente dice “deshonrosa”, que es lo mismo.
La pieza legislativa también añade a la información que tiene que acompañar una solicitud de licencia de armas los datos e información de contacto de tres referencias personales que conozcan al solicitante, con el nombre completo, dirección postal y residencial y número de teléfono. Igualmente le da 30 días adicionales a la Oficina de Licencia de Armas (de 30 a 60 días) para completar la investigación del solicitante.
Otro propuesto cambio a la ley dispone que la donación, traspaso, cesión y venta de arma entre personas privadas con licencia no tendrá que ser sometida a la verificación de antecedentes penales del comprador en el archivo digital National Instant Criminal Background Check System.
El proyecto también permite que personas con licencia de armas, siempre y cuando no tengan intención de residir permanentemente, no tengan que cumplir con todos los requisitos de la ley vigente en Puerto Rico, excepto cargar con sus armas de manera oculta y no ostentosa. Esa flexibilidad aplicará por no más de 30 días y no más de 90 días si se trata de una gestión de proveer seguridad privada o para una gestión comercial, abriendo la puerta a la entrada compañías de seguridad traídas a la isla en momentos de emergencia.
La propuesta también exime de una multa de $500 a dueños de cinco armas de fuego o más que sufran el robo de al menos una. De hecho, elimina el requisito de que la bóveda o estuche en que guarde las armas esté fijado al inmueble.
En cuanto a las certificaciones a instructores de tiro, indica el proyecto que las organizaciones que busquen un permiso para dar estos cursos tendrán que haber estado haciendo negocios en Puerto Rico por no menos de 10 años, entre otros requisitos.
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