Los planteamientos de violación a la Ley de Crimen Organizado (RICO Act) hechos por los demandantes en un pleito de clase contra la Autoridad de Energía Electrica (AEE) y varios de sus suplidores fueron reconocidos por el juez federal Jay García Gregory mediante memorando y orden el pasado 31 de marzo.
De esa forma rehusó la petición de desestimación que hicieran los demandados Alchem, AEE, William Rodney Clark, Edwin Rodríguez, César Torres-Marrero, Petrobras America, Shell Trading, Vitol, Méndez, Inspectorate y Saybolt en cuanto a las alegaciones de fijación de precios y manipulación de resultados de laboratorio.
En el caso de Alchem, el juez encontró que la alegación de actividades criminales organizadas por ese laboratorio tiene base para sostener la demanda de clase en su contra. Los demandantes solicitaron exitosamente enmendar las alegaciones de la demanda para incluir documentación que muestra que en diciembre de 2010 un gerencial ordenó un cambio en la metodología de calibración usada por Alchem que logró resultados dentro de parámetros cuando no eran posibles de lograr con la metodología de prueba usual.
Petrobras América, una subsidiaria de Petróleo Brasileiro controlada por el Gobierno de Brasil, alegó ser un estado soberano con inmunidad. La corte ordenó a los demandantes que realizaran un descubrimiento de prueba en 90 días para que sostengan si existe una excepción por actividad comercial a la inmunidad que cobija a Brasil y su empresa petrolera.
La AEE solicitó sin éxito la desestimación alegando que los clientes de la corporación pública no habían sido perjudicados directamente de la compra de combustible a sobreprecio, sino la propia AEE. Sin embargo, el Tribunal no descartó la posibilidad que la AEE no fuera víctima inocente del esquema de fijación de precios sino que fuera coconspirador con sus suplidores.
En la discusión de los argumentos esbozados por la demandada Shell Trading aduciendo que no se probó el requisito de propósito común de los demandados, el juez sostuvo que la práctica generalizada de los suplidores de la AEE de entregar combustible para cumplir con los contratos de suplidores competidores resulta ser muestra de un propósito común.
Además, en las alegaciones se expresa que los suplidores de combustible, los laboratorios de muestreo y la AEE coordinaron la falsificación de resultados de laboratorio, por lo que se configura el elemento de propósito común necesario para continuar la demanda contra ellos por violaciones a la Ley de Crimen Organizado.
En cuanto a las suplidoras Bureau Veritas y Trafigura, el tribunal federal desestimó sin perjuicio la demanda de clase en su contra.
Trafigura ha sido objeto de señalamientos de irregularidad en el despacho de combustible dentro de las especificaciones requeridas durante las vistas que lleva a cabo la comisión especial del Senado que investiga la compra y manejo de combustible en la AEE.
Los demandados obtuvieron una victoria pírrica al ser desestimadas con perjuicio las alegaciones de enriquecimiento injusto bajo la ley estatal.
A principios del 2015 se presentó en el tribunal federal la demanda en la cual se reclama que la clase de clientes afectados es toda aquella persona que fuera cliente de la AEE en el período desde el 1 de enero de 2002 al presente. Los demandantes piden la devolución del dinero que pagaron demás por este esquema durante todo ese tiempo, incluyendo que el tribunal confisque a las entidades involucradas ganancias de otros negocios para asegurar ese repago. Bajo la ley RICO, el tribunal también puede imponer una triple compensación por daños económicos a los demandantes.
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