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El Colegio de Abogados y Abogadas rechaza la firma de la Ley 82-2026

Que obliga al pago de una fianza para impugnar un permiso de construcción y detener la obra.

Por NotiCel May 20, 2026
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El Colegio de Abogados y Abogadas rechaza la firma de la Ley 82-2026

El propio proponente del proyecto que se convirtió en la Ley 82 de 2026, Navarro, reconoce que esta ley obstaculiza el acceso a los tribunales e impide que comunidades de bajos recursos puedan hacer valer sus derechos. Archivo/NotiCel.

El Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico expresó su preocupación y rechazo ante la aprobación y firma de la Ley 82 de 2026, legislación que incluso el legislador proponente, Jorge Navarro Suárez, pretende enmendar, y que introduce modificaciones al ordenamiento jurídico y que, a juicio de esta institución, presenta serios retos para el acceso a la justicia, la participación ciudadana y el estado de derecho.

El presidente de la Cámara de Representantes, Carlos «Johnny» Méndez, ha dicho que no dará paso al proyecto de enmienda a la nueva ley. El presidente senatorial tampoco favorece cambiar la ley.

La nueva ley modifica el Artículo 14.1 de la Ley 161 de 2009, conocida como la Ley de Reforma de Permisos, disposición que permitía a ciudadanos y comunidades presentar recursos extraordinarios para atender irregularidades en procesos de permisos, incluyendo la solicitud de paralización de obras por violación a la ley o reglamentos. Las enmiendas introducidas establecen requisitos procesales adicionales que en la práctica, representan barreras significativas al acceso a los tribunales y agencias administrativas.

De particular preocupación, según el Colegio de Abogados y Abogadas, es la disposición que exige el pago de una fianza equivalente a no menos del 10% del valor de un proyecto como condición para solicitar su paralización. Esta exigencia, por su cuantía, coloca la impugnación de proyectos de gran envergadura fuera del alcance económico de la mayoría de los ciudadanos y organizaciones de base comunitaria, se denunció.

El Colegio también señala con preocupación las enmiendas al Código Municipal que permiten la reclasificación del suelo rústico en municipios con Planes de Ordenamiento Territorial cuando un proyecto sea catalogado como crítico, prioritario o estratégico, o cuando se cumplan determinadas condiciones de mitigación ambiental. Esta facultad discrecional, sin salvaguardas suficientes, tendrá como consecuencia una planificación territorial que no responda adecuadamente a los intereses colectivos ni a la protección del ambiente.

«Entendemos que toda legislación debe ser evaluada a la luz de las garantías constitucionales de acceso a los tribunales, la igual protección de las leyes y el debido proceso de ley. Legislar de manera que se dificulte o encarezca el ejercicio de esos derechos para algunos sectores de la ciudadanía merece un escrutinio riguroso por parte de los tribunales», lee la expresión del Colegio de Abogados y Abogadas.

«Asimismo, subrayamos que el derecho a la participación ciudadana en los procesos de planificación y permisos es un componente esencial de la paz social y del orden democrático. Las vías formales y legales para canalizar los reclamos ciudadanos son, precisamente, el mecanismo que permite que las controversias se resuelvan dentro del marco del estado de derecho», añadieron.

El propio proponente del proyecto que se convirtió en la Ley 82 de 2026, Navarro, reconoce que esta ley obstaculiza el acceso a los tribunales e impide que comunidades de bajos recursos puedan hacer valer sus derechos.

«La misma enmienda que presenta el representante Navarro Suárez en el día de ayer (lunes) demuestra lo anterior. Señala el legislador que “la fijación automática e inflexible del monto mínimo de fianza, sin posibilidad alguna de modificación judicial, puede traducirse en una restricción irrazonable del acceso a los tribunales para aquellas personas naturales o comunidades de limitados recursos económicos…”. Radica aquí precisamente el problema principal de esta ley, que obstaculiza y limita el acceso a los tribunales y el derecho de las comunidades y ciudadanía en general de reclamar y vindicar sus derechos ante los tribunales. Aunque la enmienda reconoce lo anterior, no lo resuelve», indicaron.

«El Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico hace un llamado urgente a los poderes del Estado a reconsiderar el impacto de esta legislación sobre los derechos fundamentales de la ciudadanía. Una democracia que restringe las vías legales de participación y reclamo no fortalece el orden público — lo fragiliza. Advertimos que continuaremos vigilantes ante toda medida que erosione el acceso a la justicia, siempre con el compromiso de defender los derechos de la ciudadanía puertorriqueña sin distinción de recursos económicos ni influencia política», finalizaron.

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