Legisladora propone crédito contributivo de $2,500 por cuidado a parientes en el hogar
La persona a ser reclamada será un familiar biológico, adoptivo o legalmente reconocido, haya alcanzado los 65 años o posea una condición de salud crónica o discapacidad.
La representante Estrella Martínez. Archivo/NotiCel.
La representante popular ha presentado una medida legislativa dirigida a concederle un crédito contributivo de hasta $2,500 a favor de contribuyentes que reclamen en la planilla que cuidan aparientes con condiciones de salud crónicas.
La legisladora de segundo turno alega que el crédito representa una “erogación mínima para el Estado” y que generaría economías para el fisco partiendo de la premisa de que el gobierno, aunque solo en los casos que aplique, puede desembolsar entre $36,000 y $120,000 por este servicio en instituciones.
Es anticipable que la Junta de Supervisión Fiscal reclame que el proyecto sea fiscalmente neutral.
“Esta disparidad demuestra que el incentivo propuesto no solo atiende una necesidad social apremiante, al reducir el abandono de personas mayores y fortalecer la unidad familia, sino que constituye una medida de política pública fiscalmente responsable, aliviando significativamente la carga sobre el sistema de salud y los recursos públicos”, lee el proyecto.
Según la representante, la medida ayudaría a reducir el abandono institucional de adultos mayores en hospitales, reducir costos en el sistema de salud y promover el envejecimiento digno en el hogar. Sin embargo, no justifica el proyecto cómo el crédito contributivo atiende el gasto adicional considerable de tener una persona con condiciones complicadas de salud en el hogar.
El proyecto establece que la persona a ser reclamada para el crédito será un padre, madre o familiar biológico, adoptivo o legalmente reconocido del contribuyente, haya alcanzado los 65 años o posea una condición de salud crónica o discapacidad y “requiera asistencia sustancial en una o má actividades básicas de la vida diaria”.
El crédito solo podría ser reclamado si el contribuyente demuestra que ha ofrecido el cuidado “continuo y sustancial” por no menos de seis meses dentro del año contributivo y que ese cuidado no se presta en una institución de cuidado prolongado.
Además, la persona tendrá que figurar en el Registro de Cuidadores Informales del Departamento de la Familia. Se podrán reclamar gastos para el beneficio exclusivo del paciente como arrendamiento de equipo médico, modificaciones estructurales al hogar, tecnología de asistencia y contratación de servicios profesionales.
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