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Regla de veredictos unánimes no aplica retroactivamente, decide Supremo federal

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Regla de veredictos unánimes no aplica retroactivamente, decide Supremo federal

19 de enero de 2017 - Fotos genéricas en Washington D.C. En la Foto: Corte Suprema de los Estados Unidos de América; Supreme Court of the United States; SCOTUS, Bandera

La decisión 6-3 tuvo a la jueza puertorriqueña Sonia Sotomayor entre las disidentes.

La discusión en Puerto Rico sobre la aplicación retroactiva de los veredictos unánimes quedó resuelta hoy por una decisión del Tribunal Supremo de los Estados Unidos que determinó que no se aplica retroactivamente.

La decisión de hoy en el caso Edwards v. Vannoy va a la médula de decenas de apelaciones que surgieron en Puerto Rico después de que el año pasado el Supremo federal reescribiera la Constitución de Puerto Rico al decir que los veredictos de culpabilidad en procesos criminales graves tienen que ser unánimes, en vez de mixto como indica nuestra Carta Magna.

También impacta directamente el Proyecto de la Cámara 283, aprobado en ese cuerpo hace menos de un mes, que ordena la aplicación retroactiva de la regla de veredictos unánimes con el resultado potencial de tener que volver a realizar juicios en decenas o cientos de casos que ya estaban cerrados y para los cuales habría que volver a presentar evidencia, testimonios y otros elementos del proceso penal.

La decisión de la mayoría la escribió el juez asociado Brett Kavanaugh y la respaldaron los jueces Clarence Thomas, Samuel Alito, Neil Gorsuch, Amy Coney Barrett (la más nueva en el foro) y el juez presidente John Roberts. En la disidencia estuvieron los únicos tres liberales del foro, Elena Kagan, Stephen Breyer y la puertorriqueña Sonia Sotomayor.

La mayoría no se limitó a determinar que la nueva regla de veredictos unánimes solo aplica prospectivamente, sino que fue más allá y declaró que, en adelante, ninguna regla nueva de procesamiento criminal aplicaría retroactivamente.

Esa última declaración es la controversia principal con los disidentes porque, hace más de 30 años, el Supremo había dicho que si algún día llegaba un cambio en una “norma procesal crucial (watershed rule)”, entonces podría aplicar retroactivamente. Los disidentes entienden que la regla de Ramos v. Lousiana sobre veredictos unánimes cumplía con los criterios de “norma procesal crucial” para que aplicara retroactivamente.

Pero la mayoría del tribunal decidió que no, que la regla de veredictos unánimes no era ese tipo de regla y que, de hecho, no vale la pena mantener la esperanza de que algún día llegue ese tipo de regla, por lo que aprovechó y pronunció que ya ese criterio de “norma procesal crucial” no existe y que sencillamente no aplicarán retroactivamente las nuevas reglas de procesamiento criminal, que quiere decir solamente reglas que tienen que ver con cómo se determina la culpabilidad, o no culpabilidad, de un acusado.

“Para resumir los principios de retroactividad del Tribunal: las reglas sustanciales nuevas son las que alteran ‘el rango de conducta o la clase de personas que la ley castiga’. Esas reglas sustanciales nuevas aplican a casos pendientes de juicio y en apelación, y también aplican retroactivamente en apelación federal colateral. Las reglas nuevas de procesamiento alteran ‘solo la manera en que se determina la culpabilidad del acusado’. Esas nuevas reglas de procesamiento aplicarán a casos pendientes de juicio y en apelación. Pero las reglas nuevas de procesamiento no aplican retoractivamente en apelación colateral federal”, concluyó la mayoría del Supremo federal.

“Seguir articulando una excepción teórica que nunca aplica realmente en la práctica ofrece una falsa esperanza a los acusados, distorsiona la ley, engaña a los jueces y malgasta recursos de abogados de defensa, fiscales y tribunales… la excepción de norma procesal crucial está moribunda”, argumentó la mayoría para justificar su pronunciamiento amplio.

Pero la disidencia recordó que la regla de veredicto unánime tenía orígenes racistas en ánimo de encumbrar la filosofía de la supremacía blanca, lo cual fue una de las razones para su revocación. “Por tanto, la regla debe aplicar no solamente hacia adelante sino para atrás, a todos los veredictos emitidos en ausencia de su protección”, sostuvieron.

Para ver la decisión, pulse aquí.

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