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No aplicarán multas ni recargos a ciertas transacciones contributivas

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No aplicarán multas ni recargos a ciertas transacciones contributivas

Integradas recientemente a SURI

El secretario interino del Departamento de Hacienda (DH), Francisco Pares informó el jueves la publicación del Boletín Informativo de Rentas Internas 19-02 (BI RI 19-02) sobre la No Aplicabilidad de penalidades, multas, intereses y recargos a transacciones relacionadas a los tipos contributivos integrados recientemente al Sistema Unificado de Rentas Internas (SURI).

‘Estamos anunciando la no aplicabilidad de intereses, multas, recargos o penalidades, respecto a radicaciones y pagos relacionados a las Transacciones-Fase 2, cuya fecha de vencimiento sea entre el lunes 10 de diciembre 2018, hasta el jueves 28 de febrero, siempre y cuando la transacción fuese completada no más tarde del jueves 28 de febrero’, explicó Pares en una comunicación escrita.

Detalló que el BI RI 19-02, disponible en la página del DH, www.hacienda.pr.gov, sección de Publicaciones, tambien establece que en los casos de Comprobantes de Retención (Formularios 499-2/W-2PR), del año 2018 y el Estado de Reconciliación de Contribución sobre Ingresos Retenida (Formulario 499 R 3), para que las disposiciones del BI RI 19-02, sean aplicables, el patrono debe rendir los mismos no más tarde del jueves 28 de febrero.

Por tanto, dijo que el DH no admitirá ni procesará ninguna solicitud de prórroga para radicaciones luego del 28 de febrero, de Comprobantes de Retención del año 2018 y el Estado de Reconciliación correspondiente.

‘Aquellos contribuyentes que reciban alguna notificación de la imposición de multas, intereses, recargos o penalidades a pesar de haber cumplido con lo establecido en el BI RI 19-02, deberán acudir a cualquiera de los Centros de Servicios al Contribuyente para que las mismas sean eliminadas’, aseguró.

Pares explicó que las transacciones relacionadas con el Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU), deben ser completadas en las fechas que establece el Código de Rentas Internas, ya que no forman parte de la segunda fase de SURI.

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