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O’Neill logra orden de mordaza para callar su escándalo

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O’Neill logra orden de mordaza para callar su escándalo

El Municipio de Guaynabo solicitó, y obtuvo, una orden de protección que oculta los expedientes y calla a las partes en el caso federal que se sigue contra el ayuntamiento y el hijo del Alcalde por hostigamiento sexual pero la forma en que está hecha la orden, tambien arroja un manto de secretividad sobre la querella de hostigamiento y agresión sexual que el propio Alcalde transigió y que lo mantiene con una petición de renuncia del Gobernador y como objeto de investigación criminal.

La orden de la Jueza Presidenta del Tribunal Federal, Aida Delgado Colón, cae justo en el momento en que la estrategia pública del alcalde Héctor O’Neill se dirige hacia el silencio y a que otros asuntos ocupen la palestra pública y empujen su escándalo fuera de la atención de los ciudadanos.

La solicitud de los abogados del municipio, Luis Pérez Giusti y Mariel Y. Haack, tiene como base expresiones que los abogados de la demandante Inés M. Jelú Iravedra, hicieron el martes después de que tuvieran una reunión con la magistrada Silvia Carreño para resolver, precisamente, las negativas que había expresado el municipio para producir expedientes relacionados a varias querellas de hostigamiento sexual, incluyendo la que presentó contra el Alcalde la mujer policía Yenetamie Díaz Zayas. La magistrado falló en contra del municipio y ordenó la producción de los documentos, lo cual los abogados José Quetglas y Pedro Vázquez informaron a la prensa, así como otras informaciones que ya estaban disponibles en las mociones públicas del caso, como que el Alcalde sería testigo en el caso.

Como argumentos, el municipio planteó que la información involucra a personas que no son parte de la demanda federal, como el propio Alcalde y las querellantes, y que la divulgación de otras querellas de hostigamiento sexual puede exacerbar lo que se espera sea un juicio ‘emocionalmente cargado’. Las personas relacionadas al caso deben ser protegidas de ‘molestia, verguenza (y) opresión’ y su ‘interés de privacidad’ debe ser protegido, añadieron. Los abogados llegaron a argumentar que también hay que proteger la ‘privacidad’ del municipio.

Los abogados de Jelú estuvieron de acuerdo con la solicitud aunque defendieron que sólo discutieron casos que tienen que ver con figuras públicas y cuya existencia y detalles ya se conocían.

La victoria del Alcalde vino en la orden que resolvió la controversia porque la jueza incluyó al propio O’Neill en la lista de personas que no pueden discutir públicamente la prueba que se van a intercambiar las partes en el caso. Prueba que incluye la querella que le sometió la mujer policía. El Alcalde no es una parte en este caso federal, lo es su hijo. Los funcionarios del municipio también quedan prohibidos de divulgar información.

El hijo del Alcalde, Héctor O’Neill Rosa, y los testigos o potenciales testigos del caso también son objeto de la orden, la cual también incluye que los documentos radicados en el caso tendrán restricción para que el público, ni la prensa, puede tener aceso a los mismos.

La Jueza Presidenta sostuvo que la orden está justificada por la necesidad de ordenar el manejo del caso y garantizar la selección de un jurado imparcial, así como que argumentó que no afecta a la prensa porque no se debe usar para bloquear aquellas partes públicas del récord.

Hasta ahora, el caso contra el hijo de O’Neill no tiene fecha de juicio.

En una orden separada, la jueza Delgado denegó una solicitud que había hecho el municipio para que la demanda de Jelú fuera desestimada por un supuesto fallo en el trámite ante la Comisión de Igual Oportunidad en el Empleo, la misma entidad ante la cual el Alcalde transigió el caso de Diaz Zayas mediante pago de unos $300,000.

Orden de mordaza caso federal de hostigamiento en Municipio de Guaynabo – NotiCel_23534

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