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Representantes penepés desisten de impugnar matrimonio igualitario

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Representantes penepés desisten de impugnar matrimonio igualitario

El representante Luis ‘Tato’ León adelantó que el grupo de legisladores del Partido Nuevo Progresista (PNP) desistirá de su reclamo en el Tribunal de Primera Instancia para impugnar la Orden Ejecutiva para implantar la decisión del Tribunal Supremo de Estados Unidos que legalizó el matrimonio entre personas del mismo sexo.

Esto luego que el Tribunal Supremo de Puerto Rico desestimara su reclamo tras alegar que no puede cuestionar la decisión del Supremo de Estados Unidos que estableció que el matrimonio es un derecho fundamental que emana del debido proceso de ley y que es aplicable a Puerto Rico.

León dijo, sin embargo, que el Supremo no contestó uno de los argumentos levantados por el grupo de legisladores del PNP en torno a que la Orden Ejecutiva usurpa los poderes de la Legislatura de legislar sobre la materia.

Aunque NotiCel obtuvo información de que líderes religiosos cabildearon con los legisladores para que retaran la Orden Ejecutiva, León dijo que en su caso en particular se unió a la demanda porque entiende que la decisión ha creado lagunas que hacen necesaria la legislación. La decisión ha ocasionado un choque entre dos derechos fundamentales: el derecho a la libertad de culto y el derecho al matrimonio.

León dijo que le preocupa que un juez pueda ser sancionado por rehusar casar a una pareja del mismo sexo debido a sus convicciones religiosas. ‘Nosotros lo que queremos es escuchar y armonizar los dos derechos’, sostuvo.

De otra parte, dijo que la decisión afecta otras leyes de Derecho de Familia.

Aunque el Departamento de la Familia emitió una orden para que las parejas gays pudieran adoptar, esa orden choca con una decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico del 2013 en donde una mujer solicitaba que se permitiera a su compañera adoptara a su hija sin que la madre biológica perdiera su vínculo con la menor.

El Supremo dijo que la adopción por la pareja del mismo sexo estaba prohibida ya que en Puerto Rico no existe lo que se conoce como ‘second parent adoption’. El Código Civil establece que con la adopción, el padre o madre biológico pierde el vínculo con el menor.

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