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Política

Más voto ausente y adelantado, y resultados más tarde para el 2028

Proyecto de cambios al Código Electoral deja el dominio del PNP en la CEE y añade vulnerabilidades que pueden ser explotadas.

Por Oscar J. Serrano Sep 11, 2025
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(Archivo/NotiCel)

Las enmiendas al Código Electoral que sometió el martes el presidente senatorial Thomas Rivera Schatz autorizan a la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) a emitir resultados del evento electoral cuatro días más tarde de lo que están obligados a hacerlo ahora y añade casi 220,000 electores a los que podrían votar de manera adelantada, una modalidad que el Partido Nuevo Progresista (PNP) ha explotado y cuyo manejo ha producido controversias legales y atrasos en los trabajos electorales.

La propuesta (Proyecto del Senado 717) no altera el esquema administrativo que coloca el control de la CEE en manos del partido que más votos íntegros saque en las elecciones anteriores, en este caso, el PNP. Tampoco atiende fallas evidenciadas como la mala depuración de listas que permite fraude en recogido de endosos y votaciones.

La ampliación del voto adelantado ocurre con la añadidura de una categoría de elector, la décima, que puede acogerse a esa modalidad: los mayores de 55 años. Según los datos más recientes del Censo, hay unos 220,000 electores hábiles adicionales cuando la elegibilidad se baja de 60 años, como se permitió en 2024, a 55 años, como se propone ahora.

Otra ampliación, esta vez en el voto ausente, abre la puerta de una manera que no se puede precisar. Esto porque también podrán votar bajo esa modalidad todos los cónyuges, hijos, hijas o parientes dependientes de cualquier elector elegible para voto ausente por ser miembro de las fuerzas armadas, estudiar fuera de Puerto Rico, estar en el servicio diplomático o tener contrato de trabajo agrícola fuera de la isla tramitado por el gobierno.

El voto ausente realiza su trámite por correo, mientras que en el voto adelantado, algunas categorías pueden enviar sus papeletas por correo, otras lo pueden hacer por internet y la nueva de 55 años votaría presencial en un período de entre 10 días a dos días antes del evento, ante una junta con balance electoral. A los electores que optan por estas modalidades “solo se les podrá cuestionar o requerir documentos cuando la Comisión o una parte interesada tenga y presente evidencia documental que confirme que la afirmación hecha por el Elector en su solicitud es falsa o incorrecta”.

El aumento de electores privilegiados que no tienen que votar presencial el día del evento ocurre a la vez que dos modificaciones que alteran garantías de funcionamiento en la CEE.

La primera permite que la Junta Administrativa de Voto Ausente y Adelantado (JAVAA) comience a contar estas modalidades de voto desde 30 días antes del evento electoral, con el potencial de que supuestos resultados de ese conteo se divulguen cuando todavía pueden impactar tanto el resto de los votos adelantados y ausentes como el voto presencial. La segunda es que ya no habría resultados iniciales emitidos por la CEE la noche del evento. En vez de las 10:00 pm del día de la votación, ahora el “primer anuncio de resultado parcial” sería al mediodía del día siguiente a la elección. Esto es una diferencia de 14 horas adicionales. Y el “segundo anuncio” sería 96 horas (cuatro días) después del evento, en vez de a las 6:00 am del día siguiente al evento. Ese “segundo anuncio”, cuatro días después a lo que se supone ocurra, sería el determinante para activar cualquier recuento. La medida no provee explicación de por qué estos límites para emitir resultados se están alargando, en vez de recortándose, como se esperaría con un sistema que tiene escrutinio electrónico.

Rivera Schatz no solamente no alteró el control del PNP como partido principal en la CEE, sino que añadió lenguaje que le permite mantener inalteradas las designaciones de funcionarios por un tiempo, aun si su partido deja de ser el principal, para efectos del Código Electoral.

Si el proyecto se convierte en ley como propuesto, también se añade lenguaje que hace más difícil que un partido que no está en el poder tenga funcionarios de colegio u observadores. Esto, porque los mismos tendrían que ser electores inscritos para votar en el mismo precinto en el que van a ejercer sus funciones.

Entre las disposiciones que se mantienen, o se añaden, y que fueron objeto de controversias y litigios para las elecciones pasadas están:

-Las que evitan alianzas entre partidos o candidatos.

-Mantener el cierre del Registro Electoral en 50 días antes del evento, pero permitir la recusación hasta el último día, lo que no permite corregir una recusación si se hace después del cierre del registro.

-Habrá otra vez papeleta para la elección presidencial, como en 2024, cuando Kamala Harris derrotó a Donald Trump tres a uno.

-Codifica que el envío de papeletas para voto adelantado será por correo no certificado y que “la Comisión enviará las papeletas de Voto Adelantado por correo postal a la dirección que le notifique el Elector en su solicitud, aunque esta dirección no coincida con la dirección del Elector que consta en el Registro General de Electores”.

-También codifica la posibilidad de que se vote en el precinto de “alojamiento” del elector, aunque sea distinto al del “domicilio” que muestra el registro y, en esos casos, “el Elector ejercerá el Voto Adelantado mediante el voto por correo y no ante una Junta de Balance Electoral”.

-Añade artículos para consignar que los electos por nominación directa, como fue en 2024 el caso del senador Eliezer Molina Pérez, tienen hasta el 7 de enero para cumplir con los mismos requisitos que tienen los candidatos bajo partido o independientes, como condición a que su elección sea certificada. De no cumplir, será certificado el próximo que figure con mayor cantidad de votos en la lista de nominación directa.

Rivera Schatz lanzó su propuesta cuando la Cámara de Representantes había aprobado, pero el Senado todavía no, una resolución que crea la Comisión Conjunta de la Asamblea Legislativa para la Revisión del Sistema Electoral de Puerto Rico.

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