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Freno a la defensa de Lutgardo Acevedo por intento de ir directo a juicio

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Freno a la defensa de Lutgardo Acevedo por intento de ir directo a juicio

El juez Enrique Silva Aviles declaró hoy martes no ha lugar los planteamientos jurisdiccionales que presentó la defensa del contador Lutgardo Acevedo López, en miras de que el caso fuera directamente a juicio sin que se celebrara vista preliminar.

‘Estoy inclinado a ir al Tribunal de Apelaciones a llevar el planteamiento… Si el Tribunal de Apelaciones y el Tribunal Supremo entienden que hay jurisdicción, pues plantearé el asunto de doble exposición’, adelantó el licenciado José Andreu, recién incorporado al equipo defensor.

Andreu consideró que en lugar de iniciar un proceso nuevo, el Ministerio Público debía solicitar la nulidad de la sentencia previa, que dictó el exjuez Manuel Acevedo Hernández, convicto por solicitar y aceptar un soborno a cambio de eximir al contador de los cargos de homicidio negligente, conducir en estado de embriaguez y obstruir la justicia, de los cuales finalmente, salió exonerado.

‘El problema del nuevo proceso es que se traen elementos, que no habían antes’, explicó el abogado, al salir de la sala 605 del Tribunal de San Juan.

Argumentó, además, que el proceso que estuvo viciado fue el juicio, pero no la vista preliminar. ‘Entendemos que independientemente, del vicio que pudo tener el caso anterior, la prueba de todos modos era insuficiente’, comentó, luego de asegurar que el Ministerio Público pretendía ‘curar’ lo que no pudieron demostrar en el juicio anterior, mediante un nuevo juicio.

La fiscal Carmen Iris Ortiz indicó, por su parte, que la Regla 187, que regula los juicios nuevos, no estaba disponible para este caso, ya que debía ser utilizada únicamente por solicitud del imputado, tras una sentencia condenatoria. Llevar un proceso completamente nuevo, desde el inicio de su vista preliminar, ‘despeja toda mancha de un proceso delictivo y fraudulento’, esbozó en sala.

La fiscal rechazó los argumentos de la defensa de que el juez representaba al Gobierno, por lo que el Estado debía responder vicariamente por él, y en otras palabras, que el propio Estado era responsable de su falta. ‘El juez actuó de manera ilegal. Entendemos que el Estado no es responsable de la conducta delictiva de un juez’, contestó.

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