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Jueza frena al Gobierno y mantiene contrato de Physician

La jueza Katarina M. Stipec Rubio rechaza la Reconsideración del Estado y mantiene vigente la orden que impide al DCR sustituir al proveedor de salud correccional mientras se litiga el caso.

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Jueza frena al Gobierno y mantiene contrato de Physician

Archivo/NotiCel

La jueza Katarina M. Stipec Rubio, del Tribunal de Primera Instancia de San Juan, declaró No Ha Lugar una solicitud de reconsideración presentada por el Gobierno de Puerto Rico y mantuvo vigente el remedio provisional que impide al Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) poner en vigor o ejecutar un nuevo contrato para sustituir a Physician H.M.O., Inc. como proveedor de servicios médicos a la población correccional.

La determinación mantiene vigente la orden emitida el 22 de julio de 2026, mediante la cual la jueza ordenó al DCR abstenerse de ejecutar cualquier nuevo contrato relacionado con los servicios médicos que Physician presta bajo el contrato 2024-000-062, mientras se dilucida en sus méritos la controversia sobre la terminación del acuerdo y la solicitud de cumplimiento específico presentada por la compañía.
El remedio provisional quedó condicionado a que Physician prestara una fianza de $3 millones.

Gobierno cuestionó la autoridad del Tribunal para conceder el remedio
El Gobierno había solicitado que se dejara sin efecto la orden provisional. Entre sus argumentos, sostuvo que el remedio concedido constituía, en esencia, un interdicto prohibido por el Artículo 678 del Código de Enjuiciamiento Civil y que la determinación interfería con las facultades conferidas al Secretario del DCR para administrar el sistema correccional y contratar los servicios necesarios para atender las necesidades de salud de la población confinada.

El Estado también cuestionó la validez de la cláusula 21.2 del contrato, que establece un mecanismo para la terminación del acuerdo por justa causa mediante aviso escrito con al menos 30 días de anticipación. Según el Gobierno, dicha disposición no se ajusta a las exigencias de la Ley Núm. 237-2004.

Physician se opuso a la reconsideración y sostuvo que el Gobierno no había demostrado que la jueza hubiese incurrido en error alguno que justificara modificar la determinación previamente emitida
Physician cuestionó el cambio de postura del Gobierno

Uno de los argumentos planteados por Physician fue que el Gobierno había asumido anteriormente una posición distinta respecto a la cláusula 21.2 del contrato.

Según la oposición presentada por la compañía, el propio Estado había defendido previamente que dicha cláusula constituía una disposición mandatoria bajo la Ley Núm. 237-2004 y que las disposiciones contractuales que permiten la terminación unilateral de contratos eran válidas.

Sin embargo, en su solicitud de reconsideración, el Gobierno planteó que la misma cláusula era nula.
Physician argumentó que esa nueva teoría no debía utilizarse para dejar sin efecto el remedio provisional y que la interpretación y validez de la cláusula contractual son asuntos que deben adjudicarse en el juicio en su fondo.

La compañía también sostuvo que la cláusula 21.2 no contradice la Ley Núm. 237-2004, pues, según su interpretación, el estatuto exige que el contrato contemple un mecanismo de terminación con 30 días de anticipación, pero no impide que las partes acuerden requisitos adicionales, como la existencia de justa causa.

Controversia gira en torno al procedimiento para terminar el contrato

Physician sostiene que el DCR no cumplió con el procedimiento establecido en el propio contrato antes de intentar terminar el acuerdo.

De acuerdo con la oposición presentada por la empresa, las cláusulas 21.1, 21.2 y 21.7 establecen un procedimiento para la terminación por justa causa que incluye la notificación de los alegados incumplimientos y un término de 15 días para subsanar los señalamientos o presentar un plan correctivo.

La compañía sostiene que, tras la vista evidenciaria celebrada por el Tribunal, la jueza determinó preliminarmente que dicho procedimiento no había sido cumplido.

No obstante, la controversia sobre la validez de la terminación y la procedencia del cumplimiento específico solicitado por Physician permanece pendiente de adjudicación en los méritos.
DCR puede continuar proceso para identificar nuevo proveedor

La orden judicial vigente no impide que el DCR continúe con las etapas del proceso dirigido a identificar un posible nuevo proveedor de servicios médicos.

Según argumentó Physician ante el Tribunal, el proceso de Solicitud de Propuestas (RFP) puede continuar, incluyendo la evaluación y selección de proponentes, las negociaciones y el desarrollo de un eventual plan de transición.

Lo que permanece suspendido es la puesta en vigor o ejecución de un nuevo contrato que sustituya a Physician mientras esté vigente la orden judicial.

El caso tiene señalada una Conferencia con Antelación al Juicio para el 2 de febrero de 2027, mientras que el juicio en su fondo está pautado para los días 29, 30 y 31 de marzo, y 1 y 2 de abril de 2027.
Según la oposición de Physician, el contrato vigente entre las partes se extiende hasta el 30 de septiembre de 2028.

La controversia de fondo incluye, entre otros asuntos, la legalidad de la terminación del contrato por parte del DCR y la procedencia del cumplimiento específico solicitado por Physician.

Por ahora, la determinación de la jueza Katarina M. Stipec Rubio de declarar No Ha Lugar la reconsideración mantiene vigente el remedio provisional, por lo que el DCR no podrá poner en vigor ni ejecutar un nuevo contrato destinado a sustituir a Physician mientras permanezca vigente la orden judicial.

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