Alto Foro descartó disciplinar de ninguna manera a jueza que no le puso grillete a autor de la masacre, a la vez que criticó a la jueza presidenta y la OAT.
El juez asociado Raúl Candelario López. (Archivo/Juan R. Costa)
La mayoría de jueces del Tribunal Supremo nombrados por el Partido Nuevo Progresista (PNP) descartó aplicar sanción alguna a la jueza municipal que aceptó que cometió un error cuando no ordenó grillete electrónico para quien luego cometió la Masacre de Yauco en 2023, a pesar de que la ley la obligaba a hacerlo.
La determinación ocurrió el viernes en votación siete a dos que rompió por líneas partidistas. Los dos jueces nombrados por el Partido Popular Democrático (PPD), la jueza presidenta Maite Oronoz Rodríguez y el juez asociado Ángel Colón Pérez, disintieron y hubieran disciplinado a la jueza municipal Ginny Marie Vélez Carreras. Dos jueces asociados, Luis Estrella Martínez y Camille Rivera Pérez, votaron con la mayoría, pero no suscribieron el contenido de la opinión del tribunal que escribió el recién nombrado juez asociado, Raúl Candelario López.
El 10 de enero de 2024, la jueza determinó causa para arresto contra William Hiram Santiago Figueroa en un proceso iniciado por su expareja, Linnette Morales Vázquez. La jueza mencionó para récord que el delito de violencia doméstica por el que halló causa conllevaba grillete electrónico en caso de reincidencia, pero no lo hizo aunque el informe del Programa de Servicios con Antelación a Juicio (PSAJ) detallaba el historial criminal del individuo. La fiscalía no solicitó el grillete tampoco, pero, 14 días después, pidieron reconsideración para obtener el grillete. El mismo día en que presentaron esa moción, el hombre mató a su expareja, la madre y hermano de ésta, y luego se suicidó.
La opinión mayoritaria no solo resuelve que la Oficina de Administración de Tribunales (OAT) ni siquiera debió iniciar el proceso disciplinario contra Vélez Carreras, sino que mencionó que debía existir un mecanismo para compensar económicamente a jueces a los que la OAT somete a un proceso disciplinario sin fundamento, como entienden que fue este caso.
Las expresiones críticas de la mayoría sobre el proceder de la OAT en cuanto a la disciplina de los jueces se registran en momentos en que se discute el Proyecto del Senado 1096. Este propone reorganizar el Poder Judicial para que sea una “coadministración” entre el juez presidente y los jueces asociados, en vez de que el poder de administración sea personal del juez presidente, como ha sido en los últimos 74 años. Entre otras cosas, el proyecto daría al pleno del Supremo poder para nombrar directamente a administradores auxiliares debajo del juez administrador de OAT.
“Este caso es reflejo perfecto de los problemas con el andamiaje administrativo actual del Poder Judicial que hacen necesaria e indispensable nuestra intervención”, estableció Candelario López de entrada en su opinión.
El juez consigna que fue un error de la jueza no imponer el grillete (que en ese momento era obligatorio, pero meses después del suceso la legislatura lo convirtió en una medida discrecional), pero lo limitó a un “error de derecho” que podía ser revisado por otro tribunal. Añadió que no se había probado que Vélez Carreras hubiera actuado con intención o favoritismo, por lo que el asunto no alcanza el nivel de una falta ética. También, que una sanción en este caso violentaría la independencia judicial, ya que fomentaría que los jueces concedan órdenes que podrían ser improcedentes “ante el temor de que un error de derecho cueste la toga”.
Candelario López mencionó un comunicado de prensa que emitió la jueza presidenta anunciando el inicio de una investigación y adelantando que había información sobre los antecedentes y peligrosidad del sujeto. Sobre esto, acusó que la OAT dirigió la pesquisa a un resultado preconcebido “con el único objetivo de aplacar la creciente presión pública por hallar un culpable, el que sea”. Los comparó también con los inquisidores medievales de la Iglesia Católica; enfatizó que la fiscalía, el agente investigador y la intercesor legal del caso sabían de los antecedentes pero no dijeron nada al tribunal; y que no hay constancia de que la Academia Judicial tuviera seminario sobre qué hacer en un caso como el de Santiago Figueroa.
“No puedo suscribir una postura que minimiza lo aquí ocurrido y lo relega indebidamente a la categoría de asunto trivial”, defendió Oronoz Rodríguez en su opinión disidente. Argumentó que la mayoría está imponiendo una “restricción artificial” que no existe jurídicamente en cuanto al poder del Supremo para disciplinar. Específicamente, que, al requerir que se pruebe intención o favoritismo, se está obviando la capacidad y el deber que tienen de disciplinar a jueces que simplemente son incompetentes o negligentes en sus funciones.
Resaltó que, en el proceso investigativo, la jueza Vélez Carreras estipuló que el informe de PSAJ, de tan solo una página, le indicaba que el asesino había cumplido cárcel y que el delito por el que se le halló causa conllevaba el grillete electrónico. También, que la jueza, quien comenzó funciones en 2020, había aceptado su error y que debía ser censurada. Calificó de “improcedente y peligroso” el ataque de la mayoría a la OAT.
Lo que el Supremo descartó fue la recomendación de la Comisión de Disciplina Judicial de que la jueza fuera suspendida por entre tres a seis meses. La comisión está compuesta por ocho exjueces, de los cuales cinco participaron en este caso porque la comisionada investigadora se inhibió y otros dos miembros no intervinieron. Aunque hubo desacuerdo sobre violaciones específicas, todos encontraron que habían ocurrido violaciones éticas por parte de la jueza Vélez Carreras. Una de las miembros es Ygrí Rivera Sánchez, quien cumple con esta función evaluadora de conducta judicial a la vez que preside el Panel del Fiscal Especial Independiente.
Vea:
Enfrenta querella jueza que no impuso grillete a autor de masacre de Yauco
Empieza a crear una cuenta
Te enviaremos un correo electrónico con un enlace para verificar tu cuenta. Si no lo ves, revisa tu carpeta de correo no deseado y confirma que tienes una cuenta vinculada a ese correo.
Introduce el correo electrónico de tu cuenta y te enviaremos un enlace para restablecer la contraseña.
Le hemos enviado un correo electrónico a {{ email }} con un enlace para restablecer su contraseña. Si no lo ve, revise su carpeta de correo no deseado y confírmeme que tiene una cuenta vinculada a ese correo electrónico.
Verifica que tu dirección de correo electrónico sea correcta. Una vez completado el cambio, utiliza este correo electrónico para iniciar sesión y administrar tu perfil.
Comentarios {{ comments_count }}
Añadir comentario{{ child.content }}