La opción disponible para cambiar la edad de retiro es una enmienda a la Constitución del Estado Libre Asociado.
El juez asociado Luis Estrella Martínez. (NotiCel/Juan R. Costa)
El Tribunal Supremo rechazó alterar las decisiones de los tribunales inferiores que dispusieron desestimar la demanda con la que un grupo de jueces retaba la disposición constitucional que les mandata a retirarse al cumplir los 70 años.
En la decisión no participó la jueza asociada Mildred Gail Pabón Charneco, la próxima de ese foro que tendrá que retirarse por disposición constitucional, el próximo 27 de noviembre de 2027.
Al tratarse de una decisión en la que rehusan aceptar la revisión de la controversia, no hay una opinión mayoritaria. Pero el juez asociado Luis Francisco Estrella Martínez emitió una opinión de conformidad, la que suscribió también el juez asociado Raúl Arnaldo Candelario López.
Estrella Martínez indicó que está de acuerdo en que había que desestimar la demanda de la Asociación Puertorriqueña de la Judicatura (APJ) y de los jueces apelativos Felipe Rivera Colón, ya retirado porque cumplió 70 en mayo pasado, y Eric Ronda del Toro, quien cumple 70 en 2027. Pero planteó que no estaba de acuerdo con los fundamentos que usaron los tribunales inferiores para llegar a ese resultado.
No es que sea una “cuestión política” en la que el tribunal no se pueda meter, sino en que la disposición constitucional de retiro obligado es correcta y no viola derechos, argumentó el juez. “La edad en esta ocasión no representa una clasificación sospechosa y, bajo el crisol del escrutinio racional aplicable, el retiro obligatorio a los 70 años representa una actuación razonable de la Convención Constituyente, guiada por un interés legítimo, inclusive importante, de asegurar una judicatura capaz de cumplir con las exigencias de su cargo”, indicó. Los jueces “no representa(n) una clase de individuos que haya sido históricamente sujeta a discriminación. Estos y estas tampoco tienen un derecho fundamental al puesto que ostentan”, subrayó.
Añadió que el límite es legítimo aún hoy, cuando las facultades del ser humano a los 70 años puede que no estén tan retadas como lo estaban las de los que tenían 70 años cuando la constitución se aprobó en 1952. De hecho, en aquella época hubo una propuesta para que el retiro fuera a los 75 años.
Vea:
Tribunal deja en manos de legisladores el alterar la edad límite de retiro de los jueces
Empieza a crear una cuenta
Te enviaremos un correo electrónico con un enlace para verificar tu cuenta. Si no lo ves, revisa tu carpeta de correo no deseado y confirma que tienes una cuenta vinculada a ese correo.
Introduce el correo electrónico de tu cuenta y te enviaremos un enlace para restablecer la contraseña.
Le hemos enviado un correo electrónico a {{ email }} con un enlace para restablecer su contraseña. Si no lo ve, revise su carpeta de correo no deseado y confírmeme que tiene una cuenta vinculada a ese correo electrónico.
Verifica que tu dirección de correo electrónico sea correcta. Una vez completado el cambio, utiliza este correo electrónico para iniciar sesión y administrar tu perfil.
Comentarios {{ comments_count }}
Añadir comentario{{ child.content }}