El estado de derecho no les reconoce como instalaciones prioritarias.
Se desconoce por qué haría una falta ley para que se cumpla con un objetivo tan elemental. Archivo/NotiCel.
La gobernadora Jenniffer González convirtió en ley un proyecto legislativo que dispone que los hogares de menores residenciales y supervisados por el Departamento de la Familia tendrán prioridad al momento de que se restablezcan servicios esenciales tras un desastre.
Se trata de la nueva Ley 166-2026, que emana del Proyecto de la Cámara 834, del representante Pedro «Pellé» Santiago, con el propósito de establecer la “Ley de Prioridad en el Restablecimiento de Servicios Esenciales para los Establecimientos Residenciales”, garantizando que estas instalaciones reciban atención prioritaria en la restauración de servicios básicos tras una emergencia o desastre.
La nueva legislación establece como política pública del Gobierno de Puerto Rico que los establecimientos residenciales licenciados y supervisados por el Departamento de la Familia, que brindan cuidado y desarrollo integral a siete o más menores bajo la custodia del Estado, sean clasificados como instalaciones críticas y de atención prioritaria en los planes de restablecimiento de energía eléctrica, agua potable, telecomunicaciones y otros servicios esenciales luego de una emergencia.
Se desconoce por qué haría una falta ley para que se cumpla con un objetivo tan elemental.
«Estos establecimientos residenciales son considerados, en la práctica, extensiones del sistema de protección del Estado. No obstante, actualmente no existe una disposición legal que los reconozca formalmente como instalaciones prioritarias en los protocolos de restablecimiento de servicios esenciales. Esta omisión genera inequidad en la respuesta post-emergencia y compromete la eficacia de la protección que el Estado está obligado a brindar a esta población vulnerable», lee la Exposición de Motivos de la medida.
La medida responde a la necesidad de proteger a una de las poblaciones más vulnerables del isla: los niños, niñas y adolescentes removidos de sus hogares por situaciones de maltrato, negligencia o abandono. La ley reconoce que la interrupción prolongada de servicios esenciales puede comprometer la seguridad, la salud, la alimentación, la continuidad de tratamientos médicos y terapias, así como la capacidad de estos centros para mantener condiciones adecuadas de cuidado y comunicación durante eventos de emergencia.
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