Los operadores privados LUMA Energy y Genera PR, así como la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), tendrán que reportar mensualmente los avances realizados y el estatus del Plan de Estabilización Prioritario del Sistema Eléctrico esto tras una nueva Resolución y Orden del Negociado de Energía de Puerto Rico (NEPR) de la Junta Reglamentadora de Servicio Público.
De no hacerlo, se exponen a las nuevas multas establecidas en la Ley 2-2025.
En respuesta a las fallas en el sistema eléctrico y los apagones, el Negociado de Energía ordenó a LUMA, la AEE y Genera PR que desarrollaran cada uno un plan preliminar agresivo de mejoras al sistema eléctrico con un período máximo de implementación de dos años.
Con esto el Negociado buscaba que se identificaran y mitigaran todos los factores clave que contribuyen a la falta de confiabilidad del sistema eléctrico, incluyendo sistemas de protección obsoletos, falta de redundancia, gestión inadecuada de la vegetación, generación insuficientemente fiable, deficiencias en el control de frecuencia e inercia, y factores desencadenantes persistentes de cortes de suministro. Cada plan debía detallar las medidas correctivas propuestas, los costes previstos y las fuentes de financiación. Los operadores privados y la Autoridad cumplieron con el plan preliminar que fue analizado y evaluado por el regulador.
Ante esto, en una Resolución y Orden publicada, el NEPR ordenó a LUMA, Genera PR y la AEE que, a partir del 27 de abril, presenten un informe mensual sobre el estatus de las acciones establecidas en el Plan de Estabilización Prioritario del Sistema Eléctrico. El NEPR estableció que LUMA deberá presentar estos informes de estatus al Negociado como un informe colaborativo.
El informe de estatus deberá incluir, entre otros, un análisis detallado del progreso de cada propuesta, así como cualquier posible problema de implementación y soluciones proactivas. Para esto, el NEPR aconsejó a LUMA, Genera PR y la AEE a celebrar reuniones periódicas para facilitar la colaboración y garantizar el cumplimiento del plan establecido.
De ambos operadores privados y la Autoridad no cumplir con esta Resolución y Orden el NEPR les advirtió que se exponen a la imposición de multas y sanciones administrativas de hasta $125,000 por día y en caso de reincidencia en el incumplimiento o la infracción, la sanción establecida se incrementará a una multa no menor de $10,000 ni mayor de $250,000, a discreción del Negociado de Energía, según establecido en la nueva Ley 2-2025.
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