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7 formas en que el presupuesto convertido en ley incumple con la Junta

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7 formas en que el presupuesto convertido en ley incumple con la Junta

Natalie Jaresko advierte a Rosselló mediante carta

La Administración Rosselló Nevares le falló a la Junta de Control Fiscal (JCF) según se desprende de una carta firmada por su directora ejecutiva, Natalie Jaresko, en la cual advierte que la Ley 204 de 2018 para implementar el presupuesto del Gobierno de Puerto Rico para el año fiscal 2018 – 2019 fue firmada por el Gobernador sin el previo aviso y certificación del organismo instaurado por la Ley federal PROMESA.

De igual modo, advirtió que, ‘habiendo revisado la Ley 204-2018, la Junta cree que es significativamente inconsistente con el Plan Fiscal’.

El presupuesto tiene los siguientes señalamientos:

La Sección 2 indica que el presupuesto operativo es el aprobado por la Legislatura, en lugar del certificado y presentado por la Junta de Control Fiscal.

La Sección 3 autoriza a la Junta a proporcionar, en un solo mes, la asignación anual completa o una porción que sea mayor a una cuota de 1/12, lo cual es inconsistente con el presupuesto.

La Sección 3 establece que las asignaciones para la Legislatura se relacionan con entidades sin fines de lucro que son ‘públicas, semipúblicas o privadas’ bajo la supervisión de entidades gubernamentales; o los fondos bajo la custodia del Comite Conjunto Especial sobre Fondos Legislativos para el Desarrollo Comunitario asignados a entidades sin fines de lucro se desembolsarán en su totalidad antes del 30 de septiembre de 2018, lo cual es inconsistente con el presupuesto.

La Sección 5 permite que el uso de las asignaciones para el año fiscal 2018 se use durante nueve meses despues del final del año fiscal, lo cual es inconsistente con el límite de 60 días requerido por el presupuesto.

La Sección 5 permite que la Legislatura, el Poder Judicial y los municipios usen apropiaciones para años anteriores sin límite, lo cual es inconsistente con el límite de 60 días para el año fiscal 2018 y la prohibición completa del uso de los años fiscales anteriores requeridos por el presupuesto.

La Sección 6 autoriza a la JCF a redistribuir hasta 10% del monto agregado de las apropiaciones autorizadas, lo cual es inconsistente con el requisito en el presupuesto de que cualquier reasignación se haga con la aprobación previa de la Junta.

La Sección 7 autoriza a la JCF a redistribuir las asignaciones según sea necesario para implementar los planes de reorganización del organismo gubernamental, lo cual es inconsistente con el requisito en el Presupuesto de que cualquier reditribución de asignaciones se haga con la aprobación previa de la Junta.

‘La Junta no solo recibió la Ley 204-2018 más de siete días hábiles despues de su promulgación como ley, en contravención de la Sección 204 (a) (1), sino que tampoco fue acompañada por el cálculo del costo o la certificación del cumplimiento o incumplimiento que la Sección 204 (a) (2) requiere. Por consiguiente, de conformidad con la Sección 204 (a) (3) (A) y la Sección 204 (a) (3) (B), la Junta le notifica que la Ley 204- no incluye el cálculo del costo y la certificación de cumplimiento o incumplimiento. Además, de conformidad con la Sección 204 (a) (4) (A), la Junta le está indicando que proporcione el cálculo del costo faltante y la certificación de cumplimiento o incumplimiento’, sostuvo Jaresko en la carta, quien concedió hasta el 17 de septiembre para recibir la estimación del costo requerido y la certificación del cumplimiento o incumplimiento de la Ley 204.

Lea la carta de la Junta a continuación.

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