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A pesar de endosos de muertos, el PPR sigue vivo

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A pesar de endosos de muertos, el PPR sigue vivo

El candidato a la gobernación del partido Puertorriqueños por Puerto Rico (PPR), Rogelio Figueroa, aclaró que esa colectividad está debidamente inscrita y que un fallo adverso del Tribunal de Apelaciones en nada altera la próxima aparición del PPR y sus aspirantes en las papeletas de las elecciones generales.

‘Ese no es un caso crítico, es accesorio. Eso no cambia la inscripción, nosotros estamos inscritos’; destacó Figueroa en entrevista con NotiCel.

‘Nosotros entendemos que la Comisión estaba actuando sin un reglamento y el tribunal entiende que sí, que tienen un reglamento. Ahora, nos toca comparecer y explicar ante el comité los endosos de personas muertas’, dijo Figueroa, quien tiene que comparecer el 11 de julio ante el Comité de Querellas a explicar qué pasó con esos endosos.

Precisó que de los 70,000 endosos que entregaron, la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) aprobó 60,000, cantidad que supera los 57,610 endosos que necesitaban para quedar inscritos, que representa el 3% de los votos por los candidatos a gobernador que se emitieron en los pasados comicios generales.

‘En mi caso es bien sencillo, se trata de una adjudicación incorrecta’, justificó Figueroa.

Indicó, no obstante, que ahora cambian las reglas de juego porque cuando se hicieron públicos los nueve endosos de personas muertas que tenía el PPR no había un representante de la colectividad en la CEE.

‘Ahora cambian las cosas porque ahora tenemos un representante del PPR, ya no es unilateral. Ya no pueden ponerse de acuerdo unilateralmente para hacer daño al PPR y tratar de obstruir y manchar la reputación de nosotros. El proceso de los endosos es confidencial y los comisionados se pudieron de acuerdo para convertirlo en un proceso público y hacer daño político al PPR’, indicó.

‘Los endosos por muertos no te revocan una inscripción porque todos los partidos de inscripción hemos tenido endosos de personas muertas. Todos los candidatos y todos los partidos los tienen. El MUS los tiene y el PIP los tiene’, sostuvo.

Dijo que el problema con los endosos de muertos es común porque en la lista de electores en la CEE hay personas que ya murieron y, a veces, se cometen errores en la adjudicación. Para ejemplificar su afirmación, señaló que puede haber un elector vivo que se llame Juan Pérez que le dio un endoso a un partido y que esa firma se le adjudique incorrectamente a un Juan Pérez que esté muerto.

‘Hay varias razones, la principal es que la lista que nos dan a nosotros tiene miles y miles de muertos. Yo cojo la firma de una persona, pero luego se le adjudica a otra’, destacó.

‘En toda inscripción de candidatos y de partidos pasa eso. Eso no es un delito, no implica violaciones a la ley, son errores que se cometen’, afirmó.

El Tribunal de Apelaciones ratificó el jueves el fallo del Tribunal de Primera Instancia de San Juan de no darle paso a la petición de interdicto preliminar y permanente, y sentencia declaratoria presentada por Figueroa contra la CEE para que se detuviera la investigación que se llevaba en contra la colectividad por supuestamente haber entregado endosos con firmas falsificadas y personas muertas.

El panel de jueces, integrado por el juez presidente, Luis Rivera Román; el juez Carlos Vizcarrondo Irizarry y la jueza Luisa Colom García, ratificó la determinación tomada la semana pasada por la magistrada Georgina Candal Segurola.

Candal Segurola determinó que ‘no tiene méritos la alegación de los demandantes sobre la falta de autoridad del Comité para emitir citaciones’.

‘En virtud del Código Electoral y el referido reglamento, el Comité tenía autoridad para emitir citaciones a personas, como los aquí demandantes, para comparecer a audiencias sobre asuntos objeto a investigación’, añadió.

Por su parte, el Apelativo determinó que ‘habida cuenta de que el ‘reglamento para la Tramitación de Querellas sobre Infracciones al Ordenamiento Electoral’ está en pleno vigor y efecto, las citaciones a vista que el Comité ha notificado a los apelantes se apoyan en igual base jurídica’.

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