Los divorcios en Puerto Rico podrían comenzar a ser más rápidos si prospera una medida legislativa que busca ‘agilizar’ los procesos en diversas causales.
Según el autor del proyecto cameral, Rafael Rivera Ortega, ‘conocemos casos que llevan casi dos años (en divorcio por separación) y no se han podido divorciar’.
Es por esto que busca que se reduzcan los términos establecidos para el abandono, la locura incurable o para la separación.
‘El exigir que unos cónyuges deban estar separados por el término ininterrumpido de dos años, el que haya que esperar siete años por la locura incurable de cualquiera de los cónyuges sobrevenida después del matrimonio y esperar un año en caso de abandono, resulta un anacronismo para poder presentar la demanda de divorcio’, indica la medida.
En el caso de la llamada locura incurable, la legislación vigente sostiene que ‘es necesario que la locura comience durante el matrimonio y que sea incurable. La condición tiene que haber prevalecido por un periodo de siete o más años, que la relación entre los cónyuges haya sufrido estragos graves por este hecho, que la condición sea evidenciada por dos médicos y que se nombre un defensor judicial que represente al cónyuge demente’.
En lugar de tres años, se propone que se reduzca a tres para que el divorcio sea más rápido.
Sobre la separación o abandono, se reduciría el término de dos años a seis meses porque ‘resulta en una injusticia que un matrimonio tenga que estar separada por dos años antes de poder anular el vínculo o que haya que esperar un año en caso de abandono’.
Otras causales de divorcio como trato cruel e injurias graves, adulterio, impotencia sexual absoluta, embriaguez o uso habitual de drogas, corrupción de los hijos o la propuesta de prostitución hecha por un cónyuge a otro, no se atienden en la medida legislativa.
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