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Innecesario enmendar Código Civil para desheredar indignos

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Innecesario enmendar Código Civil para desheredar indignos

La primera dama, Lucé Vela, y otros integrantes del Gobierno, anunciaron un plan para enmendar el Código Civil y desheredar a los hijos que abandonen a sus padres. Varios expertos consultados por NotiCel consideran innecesaria la medida e incluso perjudicial, pues promovería un ambiente de ‘aves de rapiña’ en el ya de por sí siempre delicado tema familiar de las herencias.

El Proyecto de la Cámara 3380 propone crear unos incisos al artículo 685 para establecer que una persona sería indigna para heredar si no alimentó a sus padres o ascendientes que lo necesitaron, si cometió maltrato físico contra ellos y si los abandonó sin poseer una causa meritoria.

Por un lado, la licenciada Belén Guerrero, quién es profesora en la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico, expresó reservas con el proyecto. La experta en temas de sucesiones determinó que si la razón del proyecto es para negar la herencia a aquellos que no dieron alimento a sus padres, sería una medida ‘innecesaria’, porque ya existen mecanismos de ley para exigir que le den comida.

Además, observó que si la idea es por causa de abandono, habría quizás conflicto porque es un término ‘bien subjetivo’ y cuestionó ‘qué es abandonar un viejo’.

Consideró como abandono de los padres el no visitarlos, no darles alimento y no llevarlos a las citas médicas. Ante esto planteó que cada caso debe ser evaluado individualmente para así estudiar el efecto que tiene esas acciones en esos padres.

Aclaró que es un error y un ‘disparate’ lo estipulado por Vela de que no existe dicho recurso para casos donde no hay testamento y apuntó que para llevar una acción legal por indignidad puede aplicar tanto a sucesiones testadas como intestadas.

Más aún, catalogó el proyecto como mera ‘publicidad para llamar la atención y limpiar su imagen’.

De hecho, expuso que este tipo de acción no es usual en Puerto Rico, incluso que personalmente nunca ha llevado un caso como este ni se ha atendido a nivel del Tribunal Supremo. De igual forma, insistió en que ya existen otras disposiciones que atienden cada uno de estos aspectos señalados. Explicó que en una causal por indignidad los herederos van contra otro heredero ‘porque incurrió en tal y cual conducta’. Sin embargo, la ley podría quedar coja si ese heredero es hijo único.

No obstante, recordó que según el sistema, si un hijo es acusado de indigno, los nietos del perjudicado ‘se convierten en herederos forzosos de acuerdo a la legitimación actual’.

A su juicio, de aprobarse dicho proyecto, lo que redundaría es en un aumento de los litigios que ‘complicaría la vida en el sistema jurídico’, y al que sólo podrán tener acceso las personas pudientes, sin realmente resolver el problema.

‘La moral no se legisla’, puntualizó.

Al evaluar la situación de abandono de las personas de edad avanzada sostuvo que es un problema que ha existido siempre, pero que se ha intensificado con ‘la vida moderna y la carencia de valores’ donde ya estos individuos no representan la figura matriarcal y patriarcal.

Fue más lejos aún, al indicar que el 85% de las personas de edad avanzada viven en la pobreza.

Para el economista Argeo Quiñones, catedrático del Departamento de Economía de la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Río Piedras, el plan de incluir un inciso en el Código Civil que le quitaría las herencias a los hijos que hayan abandonado a sus padres, es una acción que promueve un ambiente para las ‘aves de rapiña’. Más aún, que supondría en una lucha entre las generaciones con la mentalidad de ‘todos contra todos’.

Al cierre de esta edición, la Procuradora de las Personas de Edad Avanzada, Rossana López, rehusó conceder una entrevista a este medio alegando un supuesto conflicto deinterés.

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