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Medida facilita remoción de vehículos mal estacionados

Y abre la puerta al mercado local de las compañías que se dedican a dar este servicio (“towing companies”).

Por Javier Colón Dávila Abr 25, 2026
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Medida facilita remoción de vehículos mal estacionados

Imagen de un operativo del Municipio de San Juan para atender la problemática de vehículos mal estacionados. Archivo/NotiCel.

La representante popular Swanny Vargas Laureano ha presentado una medida que regularía el proceso de remoción de vehículos ilegalmente estacionados y permite la confiscación de estos hasta que el propietario pague multas.

Además, abre la puerta al mercado local de las compañías que se dedican a dar este servicio (“towing companies”).

El Proyecto de la Cámara 1227 ordena al Departamento de Transportación y Obras Públicas establecer un sistema de licenciamiento de empresas de remoción de vehículos y les faculta removerlos si están «ilegalmente estacionado” luego de que un oficial del orden público haya expedido una multa por violación a la Ley de Tránsito.

“Y certifique, por escrito o mediante sistema electrónico, que el vehículo obstruye el tránsito, accesos, rampas, carriles de emergencia o representa un riesgo a la seguridad. Antes de la remoción, la empresa deberá capturar evidencia fotográfica del estacionamiento indebido”, lee la medida.

El proyecto establece que no hay un mecanismo “ágil” para remover vehículos mal estacionados. Además, identifica como una virtud de la medida que protege a personas con impedimentos perjudicadas por la presencia de vehículos en aceras, rampas y accesos.

Estas empresas, que existen en estados como Florida, Texas, Georgia y California, deberán notificar al cuartel de la Policía más cercano, y en no más de media hora, que un vehículo ha sido removido. Además, tendrá que avisar por correo electrónico o teléfono o mediante la aplicación CESCO Electrónico en no más de una hora que el vehículo ha sido removido.

La decisión de remoción podrá ser revisada en el tribunal, incluso también cualquier reclamación de daños sufridos al vehículo.

Las tarifas a ser pagadas a estas empresas serán establecidas por el DTOP, al igual que la multa especial para cubrir los costos de la remoción. El proyecto no atiende expresamente el escenario de vehículos que no sean reclamados o por cuánto tiempo estaría un vehículo ocupado en el lote antes de ser declarado chatarra.

La pieza legislativa no indica a dónde sería trasladado el vehículo removido, pero establece que solo será liberado cuando se paguen las multas correspondientes y el cargo por remoción. En la definición de “empresa autorizada” se incluye que pueda “custodiar vehículos” y Vargas Laureano indicó que la reglamentación del DTOP incluiría como requisito tener un lote a su disposición.

Además, el titular tendrá que presentar evidencia de titularidad para recuperar su unidad.

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