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Economía

Instan a tomar crédito para evitar alza de precios por el IVU en los muelles

El secretario auxiliar de Rentas Internas, Fernando Rosario, aseguró el viernes que el cobro del Impuesto a la Venta y Uso (IVU) desde los muelles no debe crear un efecto multiplicador en los precios de los productos, siempre y cuando los comerciantes tomen el credito por el IVU.

El argumento de Rosario va en la dirección de que 'el mercado de la competencia no va aguantar' dicho efecto. Este expuso que si los comerciantes no toman un crédito por el IVU, que ya pagaron durante el proceso de la cadena de distribución, no le quedaría más remedio que aumentar el precio de los productos, lo que trastocaría su competitividad.

De hecho, explicó que los comerciantes tomarían su crédito al momento de radicar la planilla mensual del IVU, por lo que es importante que mantenga un registro de los pagos que ha realizado por las compras. Los comerciantes radicaran una sola planilla, indistintamente de la cantidad de localidades que posea.

Los comerciantes revendedores solo pueden tomar un crédito de hasta el 75% del IVU que pagaron en la compra de los productos de su inventario que son para la reventa y que podrán deducir de lo que le correspondería pagar de IVU por concepto de ventas, lo demás se arrastra para poder usarse en próximas planillas mensuales. La factura comercial será clave para que las empresas puedan tomar dicho crédito, además del Certificado de Revendedor y de Exención del IVU Municipal vigente.

Las expresiones se dieron en un aparte con este diario digital durante la actividad de orientación a los comerciantes que realiza el Departamento de Hacienda en el Centro de Convenciones en San Juan, en la que persistieron las preocupaciones de algunos de los cerca de 1,655 comerciantes que participaron.

Algunas de las dudas de los comerciantes se relacionaron con los productos exentos, con la eliminación del Certificado de Manufacturero, en cómo se dispondría del 25% pagado en IVU que no se permite tomar como crédito, si había doble tributación para los importadores que a la vez son revendedores, si los importadores pueden tomar crédito por pago del IVU, entre otros.

De otro lado, la agencia explicó que los comerciantes tienen hasta el 1 de agosto para registrarse en el Portal Integrado del Comerciante (PICO), en donde asociará su cuenta con los comercios que administra. En este portal los comerciantes tendrían que radicar la declaración y planilla de importación, y radicar y pagar las planillas mensuales del IVU. Corre prioridad para que se registren los comerciantes que vayan hacer importaciones al 1 de agosto.

Asimismo, PICO les permite a representantes y preparadores de planillas, mantener bajo una sola cuenta de usuario a todos sus clientes.

Entre agosto y septiembre los importadores tienen que radicar una declaración de importación, que será necesaria para poder levantar la mercancía que llega al muelle. La declaración de importación se radicara por fecha y por compañía porteadora.También deberá tener una factura comercial o en su defecto una orden de compra para poder levantar la mercancía.

De hecho, Rosario destaca que en muchos casos los comerciantes vendrían obligados a pagar el IVU previo al levante de la mercancía, a excepción de los que están afianzados.

La solicitud de fianza debe ser radicada en el Negociado de Impuesto al Consumo, y no puede ser menor de $10 mil. La fianza les permite a los comerciantes prorratear el pago del IVU hasta la radicación de la planilla mensual.

'Esto (la fianza) debe ser importante para personas que tienen muchas importaciones, que le hace la vida más fácil en ese aspecto. Uno aspecto de movimiento de ‘cash' (efectivo)', apuntó Rosario.

Los que tienen fianza para arbitrio debe obtener otra fianza para el IVU, destacó el Departamento de Hacienda.

De la cantidad que el comerciante se compromete a pagar, este debe adelantar el 25%, en aras de garantizar el pago de recargo, interés o multa administrativa que se imponga por no pagar el IVU en la fecha establecida.

(Josian Bruno/Archivo NotiCel)
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