Log In


Reset Password
SAN JUAN WEATHER
Deportes

Pese a reapertura, no recomiendan que atletas viajen al extranjero

La secretaria de Recreación y Deportes, Adriana G. Sánchez, tampoco recomienda que inviten atletas internacionales a la isla.

El nadador Luis Ortiz durante su primer día de entrenamiento el 3 de junio de 2020 en el Albergue Olímpico en Salinas.
Foto: Jorge Muñiz EFE

La secretaria del Departamento de Recreación y Deportes de Puerto Rico, Adriana G. Sánchez, ha recomendado a los deportistas de su país que eviten viajar al extranjero y a los equipos locales que no inviten o requieran la participación de ningún atleta internacional en la isla, según indica en una carta en la que detalla las normas aplicables a las actividades deportivas que estarán en vigor a partir de este miércoles.

Esta carta circular permite la reactivación de las actividades deportivas y recreativas de manera colectiva o con la totalidad de miembros de un equipo, tomando las medidas de precaución necesarias para salvaguardar la salud colectiva, debido a la pandemia por coronavirus.

Igualmente, a partir del 15 de julio, autoriza la reanudación de los torneos de las ligas profesionales con público, excepto el boxeo profesional y los deportes de combate.

De igual forma, estipula que, a partir del 1 de agosto, se permitirá la reanudación de los eventos competitivos de todas las demás ligas no profesionales.

"Emitimos esta carta circular con los parámetros para llevar a cabo las actividades deportivas y recreativas que estarán permitidas a partir de hoy miércoles 1 de julio, y la autorización para que las ligas profesionales puedan comenzar sus eventos deportivos con público a partir del 15 de julio. Estas actividades se autorizan, pero cada federación y entidad es responsable de cumplir con los protocolos de seguridad para poder asegurar la salud de nuestros atletas", informó Sánchez.

Durante el periodo de cinco de la mañana a diez de la noche, hasta el 22 de julio, se permitirán los entrenamientos deportivos y recreativos en equipo, incluyendo los de combate o artes marciales mixtas.

Igualmente, en el mencionado horario, se permitirán los eventos deportivos únicamente de las ligas profesionales, exceptuando el boxeo profesional y otros deportes de combate, que podrán reanudar a partir del 1 de agosto, con público.

En el caso de los menores de edad, también podrán realizar los entrenamientos en equipo manteniendo los seis pies de distancias, sin permitir el contacto físico entre deportistas.

Cada entrenador, técnico o club, deberá mantener una persona contacto con el DRD.

Los menores estarán acompañados por una sola persona que deberá permanecer fuera del área de entrenamiento en todo momento.

"Para los eventos deportivos realizados por las ligas profesionales, las canchas o el 'venue' que se utilizarán deberán cumplir con las normas y directrices dispuestas en la Orden Ejecutiva", señaló la Secretaria.

En ese sentido, cada liga "deberá remitirle al DRD una certificación de cumplimiento que incluya capacidad de personas y las medidas de seguridad para el público, así como sus protocolos de seguridad y demás documentación, con no menos de 48 horas previo a la celebración del evento", agregó.

Adicionalmente, Sánchez puntualizó que se mantienen suspendidas las actividades multitudinarias, "no se podrán realizar eventos competitivos, fogueos, ni otra actividad análoga, hasta el 1 de agosto, con excepción de las ligas profesionales".

A su vez, en la circular se establecen las normas relacionadas a las boleras, cuya reapertura se autoriza a partir del 1 de julio.

La operación de estos establecimientos se limita al 75 por ciento de la ocupación establecida en el código de edificación vigente en Puerto Rico o certificación de bomberos.

Operarán exclusivamente a base de reservas.

Al igual que las demás entidades deportivas, deberán enviar su protocolo al Departamento para aprobación.

Asimismo, todas las entidades que deseen reiniciar sus actividades deportivas deberán registrarse en la plataforma EL MARCADOR, habilitada por el DRD, donde el punto de contacto acreditará y certificará que se cumplen con todas las medidas establecidas por el Gobierno de Puerto Rico.

En la carta circular también se específica que, con al menos 48 horas previo a la reapertura de las actividades permitidas, las entidades deportivas deberán proveerle a la Secretaria su protocolo estricto de seguridad.