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Rodríguez Veve pide a Justicia que investigue a las clínicas de aborto

La senadora presentó hoy un análisis de datos oficiales sobre la práctica del aborto en Puerto Rico que señalan violaciones al Artículo 98 del Código Penal de Puerto Rico.

Por NotiCel Abr 22, 2026
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Rodríguez Veve pide a Justicia que investigue a las clínicas de aborto

La senadora Joanne Rodríguez Veve anunció un referido al Departamento de Justicia. (Juan R. Costa/NotiCel)

La senadora independiente Joanne Rodríguez Veve anunció un referido formal al Departamento de Justicia que solicita el inicio inmediato de una investigación criminal contra clínicas de aborto cuyas prácticas implican la posible comisión de delito.

La senadora presentó hoy un análisis de datos oficiales sobre la práctica del aborto en Puerto Rico que señalan violaciones al Artículo 98 del Código Penal de Puerto Rico.

Dicho Artículo 98 establece que, como norma general, el aborto es un delito. Por la vía de excepción, el aborto se considera legal cuando concurren tres requisitos: 1) una indicación terapéutica previa, 2) emitida por un médico autorizado a ejercer en Puerto Rico, 3) en consecución de la conservación de la salud o vida de la madre. “Este ha sido nuestro estado de derecho antes, durante y después de la revocación de Roe vs. Wade”, dijo la senadora.

De acuerdo con los datos presentados, basados en la respuesta del Departamento de Salud a la Petición de Información del Senado Núm. 2026-0026, se evidencia que el propio Departamento admitió por escrito que no recopiló ni conserva información sobre la indicación terapéutica en los expedientes auditados y no pudo certificar cuántos procedimientos contaban con dicha indicación.

“Es decir, el Departamento de Salud no pudo corroborar que las clínicas estén practicando abortos en cumplimiento con la excepción establecida en el art. 98. Lo que Salud sí pudo identificar fueron señalamientos graves en la documentación de los expedientes médicos de tres de las cuatro clínicas en el país”, indicó Rodríguez Veve.

Informó la senadora que, en Women’s Medical Pavilion, la documentación médica resultó ilegible en la totalidad de los diez expedientes auditados, lo que equivale a un récord clínico vacío. “Si no se puede leer el expediente, no se puede corroborar que el aborto se hizo en cumplimiento con la ley”, afirmó.

En Darlington Medical Associates y en la Clínica de Planificación Familiar se hallaron expedientes sin el título ni el número de licencia del profesional que realizó el procedimiento, lo que impide verificar si intervino un médico legalmente autorizado, requisito indispensable de la excepción penal.

La senadora Rodríguez Veve junto a su asesor Juan Frontera Suau. (Juan R. Costa/NotiCel)

“El cumplimiento con los requisitos del Articulo 98 no puede, y nunca ha podido, descansar en presunciones a priori, alegaciones anecdóticas, afirmaciones o correcciones retrospectivas; tiene que constar de forma tangible, trazable y verificable en el expediente médico, precisamente porque se trata del fundamento fáctico y jurídico que excluiría el aborto del ámbito criminal.”, expresó la senadora.

El referido a Justicia destaca, además, el caso de Darlington Medical Associates, cuya directora médica, Dra. Yarí Vale Moreno, admitió en vista pública ante el Senado que usualmente no pregunta a la mujer mayor de edad la razón por la que solicita un aborto.

“Los abortos en esta clínica aumentaron de forma dramática a partir del 2022, tras la revocación de Roe vs. Wade. Entre los años 2022 a 2024, el aumento representó un alza de 320.6%. Dicho aumento va aparejado de una campaña publicitaria realizada por la misma clínica para promover a Puerto Rico como un destino de fácil acceso al aborto para mujeres de Florida, Texas y Louisiana”, agregó la senadora.

Rodríguez Veve aseguró que, a la luz de la información obtenida, existe evidencia de que en Puerto Rico las clínicas están realizando abortos bajo señalamientos que podrían constituir comisión de delito y que el Departamento de Salud no pudo confirmar ni verificar la concurrencia de los elementos esenciales de la excepción penal del Artículo 98 del Código.

«Ante este escenario, el Departamento de Justicia tiene el deber de actuar. No actuar equivaldría a ignorar la evidencia que pone en duda el cumplimiento con la excepción penal; no puede presumirse lo que debe verificarse. Cuando la documentación oficial producida por el propio Estado no permite hacerlo, el deber del Departamento de Justicia no es esperar: es investigar”, expresó la senadora independiente.

Lea aquí el referido de la senadora al Departamento de Justicia:

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