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Edad y presencia en la escena diferencian los casos de hijas de Cacho y Cas

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La edad de sus hijos, capacidad para decidir con cuál de sus familias prefieren vivir y su presencia o ausencia de la escena del crimen al momento de esto ocurrir son circunstancias que distinguen la naturaleza de las relaciones paterno filiales en los casos del convicto Pablo Casellas Toro y la sospechosa Ana Cacho.

Así opinaron varios abogados expertos consultados con NotiCel el sábado, quienes agregaron que la diferencia en edades de los hijos de ambas familias y su potencial testimonio o enajenación de la escena del crimen son elementos que las autoridades toman en consideración al momento de adjudicar o denegar el derecho a contactar a su padre o madre.

El juicio contra Casellas Toro, convicto por el asesinato de su esposa Carmen Paredes Cintrón, ha despertado pasiones y dudas entre muchos ciudadanos con relación a otros casos que aún no han sido resueltos por el Departamento de Justicia.

Uno de ellos es la muerte del niño Lorenzo González Cacho, quién murió a sus ocho años de edad el 10 de marzo de 2010 en su residencia en Dorado. Tras el trágico incidente, la madre del menor, Ana Cacho, ha sido señalada por las autoridades como sospechosa, pero todavía no se han presentado acusaciones contra ella.

Las hijas de la mujer fueron removidas del hogar y su custodia pasó a su padre, Ahmed Alí González. Cacho no puede, por orden judicial, relacionarse con sus dos hijas de siete y 15 años.

Por qué un padre, en ese momento acusado por el asesinato de su esposa, puede relacionarse con sus hijas y una mujer, sospechosa, pero sin acusaciones no puede hacerlo?

Especialistas consultados por NotiCel coincidieron en que ambos casos son distintos pues en el de Casellas las entonces menores no estaban en la residencia al momento del suceso, pero en la residencia de Cacho sí.

‘Hay varias diferencias. Primero, la edad. Una de las hijas del corredor de seguros pasa los 18 años y eso le da absoluto derecho a decidir si se van a relacionar o no con su papá. Ellas no estaban en la casa cuando sucedió el asesinato y, como él tiene presunción de inocencia y el delito fue contra otra persona, no se va a intervenir porque no hubo maltrato directo hacia ellas. En el caso de Cacho, las niñas estaban en la casa, ocurre un crimen, ella es la sospechosa del delito y hay una prueba que ha desfilado que hacen que el caso sea diferente’, manifestó Larry Emil Alicea, presidente del Colegio de Trabajadores Sociales de Puerto Rico.

Joyce Pagán, abogada de familia y exjueza, concurrió con el trabajador social.

‘Acá la víctima fue una mujer; no un niño y, en el otro lado, se dejan de ver las niñas, aparentemente, porque hay manipulación. Se trata de dos casos diferentes. Se trata de menores, pero en aspectos diferentes: la muerte de un adulto y en el otro la muerte de un niño. No es lo mismo’, explicó la licenciada.

Por su parte, el abogado Ricardo Hatton opinó que la prueba que se desfiló en el

asesinato del niño Lorenzo pudo ser perjudicial para su progenitora.

‘Quizás la evidencia que pasó allí es lo suficientemente fuerte para que la jueza haya determinado que las niñas podrían enfrentar peligro en las visitas a su madre’, sostuvo.

‘En el caso de Pablo Casellas las menores no estaban bajo la atención de mamá, no estaban bajo la atención de papá, que fue hallado culpable. Con Cacho el menor estaba bajo su custodia. Entonces; mamá puede garantizar que eso no le pase a otro de los menores?’, cuestionó Ever Padilla Ruiz, abogado y presidente de la Comisión de Derechos Civiles.

Entretanto, la licenciada Janine Marero, de la División Legal del Departamento de Justicia, aclaró que en el caso de Casellas las hijas pasaron a la custodia de su tío, Salvador Casellas, hijo, y la determinación de que puedan relacionarse con su padre recae sobre él.

‘Esas niñas han estado, desde el día que falleció su mamá, bajo la custodia de su tío. Nosotros, el Departamento, no tiene ningún tipo de inherencia para intervenir porque eso es una situación privada en la intimidad familiar. Nosotros no hemos recibido ningún tipo de referido de que ellas están en algún peligro desde que están viviendo con su tío … y, como eso es un asunto que se trabajó privadamente, el Estado no interviene para determinar ningún asunto que tenga que ver con visitas de su papá’, manifestó.

De igual forma, la abogada de Familia explicó que ‘ese asunto está a la discreción de la persona que tiene la custodia de las niñas. Son los familiares que tienen la custodia los que deciden esas situaciones. Si nadie ha acudido al tribunal, que tiene la potestad de suspender las visitas, para que ellas dejen de relacionarse con si progenitor, pues está a la discreción de esa persona que tiene la custodia determinar con quién se relacionan o no’.

Aunque hubo intervenciones de la agencia al principio del caso, Marrero señaló que se dejó de intervenir, pues el tío asumió la custodia.

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