Se desconoce cuántos acuerdos mantiene la agencia.
El Secretario del Departamento de Hacienda (DH) solo podrá emitir acuerdos de pagos de contribuciones siempre y cuando los periodos contributivos acordados hayan sido previamente tasados o investigados.
Así se desprende de una opinión emitida por el Tribunal Supremo tras una disputa entre la empresa Demeter International y el DH.
De acuerdo a un documento emitido por el Tribunal, Demeter llegó a un acuerdo con el DH para, con el pago de $32,020, asegurar ‘completa paz y tranquilidad’ y saldar una deuda contributiva que habían acaparado.
Según el juez asociado Ángel Colón Perez, ‘aceptar la interpretación de Demeter, presupone que el Departamento de Hacienda, además de dar por satisfechas las contribuciones por los periodos contributivos objeto del litigio, estaría renunciando a investigar y tasar deudas que puedan surgir sobre los años contributivos [futuros]’.
‘Dicha apreciación, sin duda alguna, causaría un desbalance en las prestaciones ya que sería sumamente ventajoso para Demeter, pues por el pago de $32,020.00, el Departamento de Hacienda renunciaría a cumplir con su deber legal de imponer y cobrar deficiencias sobre periodos que ni siquiera han sido investigados y/o tasados. Ello resultaría contrario a los mejores intereses del erario y a los principios más elementales de orden público que enaltecen nuestra sociedad’, expresó el juez en el documento.
La votación de los jueces del Supremo fue unánime.
Esta determinación del Tribunal es una de muchos casos que al momento se encuentran bajo litigio con acuerdos similares que al momento no se han hecho públicos.
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