El caso surgió de una investigación de la Oficina del Contralor Electoral que identificó publicaciones de contenido político durante el proceso electoral de 2024 y entendió que el alcalde pudo haberse beneficiado de los seguidores que la página había acumulado.
El exalcalde de Moca, Ángel A. Pérez Rodríguez/Cybernews.
El Panel sobre el Fiscal Especial Independiente (PFEI) ordenó el miércoles el archivo de una investigación contra el exalcalde de Moca, Ángel A. Pérez Rodríguez, al concluir que no existe prueba suficiente para procesarlo criminalmente por el supuesto uso político-partidista de una página de Facebook que anteriormente divulgaba información municipal.
Las fiscales especiales independientes Ileana R. Agudo Calderón y Maricarmen Rodríguez Barea recomendaron el archivo luego de determinar que la evidencia recopilada no establecía el nexo requerido entre Pérez Rodríguez y una conducta delictiva para sostener un procesamiento más allá de duda razonable. Los jueces del PFEI acogieron el informe final.
El caso surgió de una investigación administrativa de la Oficina del Contralor Electoral (OCE), que identificó publicaciones de contenido político durante el proceso electoral de 2024 y entendió que el entonces alcalde pudo haberse beneficiado de los seguidores que la página había acumulado previamente.
Posteriormente, el Departamento de Justicia determinó que existía causa suficiente para investigar posibles violaciones a la Ley para la Fiscalización del Financiamiento de Campañas Políticas, la Ley de Ética Gubernamental y los artículos 262 y 264 del Código Penal.
Durante la investigación, las fiscales examinaron prueba documental, entrevistaron testigos y analizaron las circunstancias relacionadas con la creación, administración y utilización de la página, así como su alegada naturaleza pública.
Entre los hallazgos figura que la página fue creada originalmente con la colaboración de un contratista que no recibió remuneración, no fue identificada como propiedad municipal durante el proceso de transición de 2020, no apareció en el inventario de bienes municipales y tampoco fue discutida o transferida formalmente entre administraciones.
Además, funcionarios de la administración de Pérez Rodríguez consultaron a la OCE e identificaron mediante los formularios correspondientes cuáles páginas serían utilizadas oficialmente por el municipio durante el periodo electoral de 2024. Para las fiscales, esas circunstancias generaron una duda sustancial sobre la premisa de que la página investigada constituía propiedad pública municipal que pudiera haber sido utilizada ilegalmente para fines político-partidistas.
La pesquisa tampoco produjo prueba suficiente para establecer más allá de duda razonable que Pérez Rodríguez hubiese dispuesto ilegalmente de propiedad pública para beneficiar su candidatura. Las fiscales concluyeron que una página que no aparecía en el inventario municipal ni había sido reportada durante la transición carecía de los elementos necesarios para considerarla un bien público.
Tampoco encontraron los elementos necesarios para sostener violaciones a la Ley de Ética Gubernamental o una imputación por incumplimiento del deber. En cuanto a una posible malversación de fondos públicos, la investigación no estableció que se desembolsaran fondos públicos para crear la página ni identificó fondos públicos utilizados ilegalmente en su manejo.
Tras acoger el informe final de las fiscales especiales independientes, el PFEI ordenó el archivo del caso.
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