Aumentaría los donativos requeridos de $10,000 a $20,000, pero $5,000 serían repartidos por la Asamblea Legislativa. En otro proyecto busca prohibir que recipientes de estos decretos hagan donativos a entidades no autorizadas.
El representante penepé Ángel Morey. Archivo/NotiCel.
El representante Ángel Morey presentó una medida, ayer, en el último día para aprobar proyectos en esta sesión, que dejaría en manos de los legisladores un pote adicional de fondos para ellos repartir entre entidades sin fines de lucro.
El legislador por Guaynabo radicó el Proyecto de la Cámara 1328 que propone, por un lado, aumentar de $10,000 a $20,000 la cantidad de dinero que los residentes inversionistas tienen que donar anualmente a entidades sin fines de lucro, pero $5,000 de esa cuantía serían dirigidos al Fondo Legislativo de Impacto Comunitario, que ya cuenta con una asignación anual de $20 millones.
“Desde su creación, el Fondo ha aportado millones de dólares a organizaciones sin fines de lucro en Puerto Rico que proveen servicios esenciales en áreas como la salud, educación, bienestar social, cultura, deporte y desarrollo comunitario, impactando una cantidad considerable de personas y generando una aportación significativa a la economía de la Isla”, expuso Morey en la Exposición de Motivos.
“Disponer que una porción específica de la aportación anual requerida se destine a dicha Comisión propicia una asignación más equitativa y estratégica de los recursos, fortalece la transparencia en el manejo de los donativos y garantiza que una parte de estos fondos se utilice en atención a prioridades públicas debidamente evaluadas”, agregó.
Este proyecto no fue atendido anoche, por lo que su evaluación será movida para la próxima sesión ordinaria. Tampoco se atendió anoche el Proyecto de la Cámara
Ayer sí se aprobó, con un solo voto en contra de Lisie Burgos, el Proyecto de la Cämara 1133, que prohibe que los llamados residentes inversionistas beneficiados con privilegios contributivos bajo la Ley 60 puedan destinar parte del dinero que tienen que donar cada año a personas naturales o jurídicas que sea beneficiaras de decretos contributivos al amparo de la Ley 60.
“Cerrando así un vacío legal que actualmente permite la transferencia de recursos entre beneficiarios del mismo régimen”, indicó Morey.
La pieza legislativa quedó pendiente en el Senado.
En el 2024, el Centro de Periodismo Investigavito reseñó una serie de casos en que beneficiarios de decretos contributivos hacían estos donativos requeridos por ley a organizaciones no autorizadas. En el 2022, por ejemplo, se encontraron al menos 36 casos de organizaciones registradas en Estados Unidos y no en Puerto Rico o que no habían recibido una exención de entidad sin fines de lucro en Puerto Rico.
El estado de derecho exigía inicialmente donativos de $5,000 – aunque no aplicable para los que recibieron decretos antes del 2017- y se aumentaron a $10,000 anuales en el 2020.
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