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Gobierno, periodistas y tribunales hacen recomendaciones sobre acceso a información pública

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En el marco de la primera vista para el Proyecto de la Cámara 1303 que propone cambios a las leyes de Transparencia y de Datos Abiertos.

Agencias del gobierno, la Judicatura y grupos periodísticos coincidieron en avalar algunas recomendaciones, y también solicitaron cambios, al Proyecto de la Cámara 1303 con el que se enmendaría la Ley 141 de 2019 (Ley de Transparencia y Procedimiento Expedito para el Acceso a la Información Pública) y se derogaría la Ley 122 ( Ley de Datos Abiertos del Gobierno de Puerto Rico) para mejorar el acceso a la información pública por parte de los ciudadanos.

Las expresiones se presentaron ayer en vista pública después de un proceso innovador de participación ciudadana que duró varios meses y en el que los grupos interesados se pudieron sentar con agencias de gobierno como el Departamento de Justicia para llegar a acuerdos sobre definiciones de conceptos y las enmiendas que presentaría la Comisión de Gobierno de la Cámara en el PC 1303.

El proceso estuvo encabezado por el presidente de la comisión, Jesús Manuel Ortiz, y el miembro de la delegación del Movimiento Victoria Ciudadana, José Bernardo Márquez. El PC 1303 tiene el endoso, además de Ortiz y de Márquez, de los representantes José Pérez Cordero y Denis Márquez Lebrón.

Los ponentes estuvieron de acuerdo en que todavía hay que eliminar confusiones en cuanto a la definición de información pública y cómo integrar en la medida el concepto de «datos abiertos», que se refiere a un formato para guardar y publicar datos de naturaleza más tecnológica y que también son información pública. Coincidieron también en que hay que revisar las adjudicaciones de responsabilidades que el proyecto hace al Instituto de Estadísticas de Puerto Rico (IE) como agencia encargada de implementar la ley y al Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS) como agencia encargada de coordinar el cumplimiento tecnológico. El IE planteó que aceptarían un aumento de responsabilidades, pero debe ir acompañado de tiempo para desarrollar las capacidades internas y de presupuesto adicional. Mientras que PRITS aclarar las facultades que tendrán las dos agencias y pidió preservar algunas facultades que le da la Ley 122 y que perderían con su derogación.

“Entremezclar conceptos de ambas leyes (Ley 141 y Ley 122) tiene el efecto de crear una nueva Ley de Transparencia que añade más trabas burocráticas para el acceso a la información pública. En específico, nos referimos a las definiciones y uso a lo largo de todo el proyecto de ley de conceptos como ‘datos’, ‘datos públicos’, ‘información pública’ y ‘formatos abiertos’”, manifestó la directora ejecutiva del Centro de Periodismo Investigativo, Carla Minet.

“La pieza legislativa no debe tratar ‘información pública’ y ‘datos públicos abiertos’ como si fueran elementos distintos. El único objeto de protección jurídica en esta medida se llama ‘información pública’. Todo lo demás está subsumido en ese concepto”, abundó. Con la posición del CPI coincidió mayoritariamente la presidenta de la Asociación de Periodistas de Puerto Rico (Asppro), Damaris Suárez.

El proyecto expande la definición de «información pública», pero los periodistas señalaron que el uso del concepto «información confidencial» en la pieza legislativa presenta un choque con la presunción del carácter público de toda la información en poder del gobierno que estableció en 1982 el Tribunal Supremo cuando reconoció que el acceso a la información es un derecho ciudadano constitucional de índole fundamental.

Ambas entidades consideraron positivo la reducción de 10 a cinco días como término para la entrega de una información solicitada, pero objetaron proveer más tiempo si el ciudadano hace la solicitud en una oficina regional, en vez de en la oficina central de una agencia. El proyecto indica que en ese caso, la agencia tiene 10 días para contestar, en vez de los 15 que dispone actualmente la Ley 141.

La medida también crea un nuevo artículo en la Ley 141 que dispone que cuando medie obstrucción, negligencia, mala fe, temeridad o negativa caprichosa en el trámite de una solicitud de información, el Tribunal podrá imponer al servidor público responsable o a la entidad gubernamental una multa no menor de $250 ni mayor de $500.

El proyecto busca uniformar su aplicación a todos los poderes constitucionales, incluyendo el Legislativo y Judicial, pero la Oficina de Administración de Tribunales objetó que el IE o PRITS puedan tener capacidad para supervisar el cumplimiento del Poder Judicial con la ley y para determinar la información que deben publicar en su portal de internet. Esto debido a que el proyecto mandata unas categorías de información que todas las entidades gubernamentales deben tener publicadas en su portal de internet de manera proactiva, para que los ciudadanos accedan a la misma sin tener que solicitarlo a la agencia. El Poder Judicial también expresó reservas porque el proyecto establece los criterios que se deben aplicar en las controversias sobre si se va a validar un reclamo de confidencialidad que una agencia levante sobre alguna información pública solicitada..

El representante popular Jesús Manuel Ortiz, quien preside la Comisión de Gobierno, enfatizó estar abierto a que el proyecto, del cual es autor, sufra las enmiendas necesarias para perfeccionar su alcance. Para una próxima vista pública comparecerá el Departamento de Justicia y el Overseas Press Club, ya que ambas entidades fueron excusadas de su comparecencia hoy.

“Estamos en la mejor disposición de atemperar cualquier cambio y ajuste que haya que hacer con la medida. El fin de este esfuerzo es que tengamos un andamiaje legal que garantice el acceso a la información de la manera más efectiva posible. Esta legislación no está escrita en piedra y quiero dejar claro que estamos abiertos a seguir mejorándola’’, dijo Ortiz González.

Para ver las ponencias, pulse en los enlaces.

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