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Vacunas no son “experimentales” y son seguras, determina juez al desestimar demanda contra mandato d

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Tras examinar la prueba presentada y la evidencia científica, juez concluye que la vacunación es una mejor alternativa a la pandemia que los encierros o la educación a distancia.

Las vacunas contra el COVID-19 no son “experimentales”, concluyó el juez superior Alfonso Martínez Piovanetti, desmontando así el argumento base de un grupo de sobre 300 personas que presentó una demanda en contra del mandato de vacunación en los sistemas educativos público y privado que ordenó el Departamento de Salud, por lo que el juez también desestimó el pleito.

“[E]l requisito de vacunación contra el COVID-19 para los estudiantes y empleados de las instituciones educativas es una medida necesaria para lograr el interés apremiante de garantizar la educación y salud pública, mitigar los efectos nocivos de la pandemia y alcanzar finalmente una inmunidad de rebaño en el País. Aunque el poder del gobierno no es irrestricto ni tan siquiera en un Estado de emergencia como el que enfrentamos actualmente, reiteramos que el mandato de vacunación en estos momentos es un medio incluso menos oneroso para alcanzar estos objetivos gubernamentales en comparación con otras posibles alternativas. Por ejemplo, como lo sería requerir que todos los estudiantes regresen a la educación remota total o que se instituyan nuevamente otras restricciones de aislamiento social, tales como toques de queda o cierres en el entorno social y económico (‘lockdown’). En consecuencia, al considerar en una balanza los daños alegados, los intereses involucrados de todas las partes y el bien colectivo de nuestra sociedad, procede denegar los remedios solicitados por la parte demandante”, concluyó el juez al declarar no ha lugar la petición de una orden contra el gobierno y el aceptar la moción de desestimación del gobierno y archivar la demanda.

Vea: Presentan demanda que reta el mandato de vacunación contra COVID-19 en escuelas

Martínez Piovanetti hizo un repaso de las determinaciones oficiales del Centro de Control de Enfermedades (CDC), de la Administración federal de Drogas y Alimentos (FDA) y la propia prueba que presentaron los demandantes para sustentar su determinación.

El juez confirió credibilidad a la testigo del Estado, la principal oficial médico del Departamento de Salud (DS), Iris Cardona Gerena, y al del Colegio de Médicos Cirujanos (CMC), el infectiólogo Lemuel Martínez, pero dijo que “las alegaciones y la prueba presentada por los demandantes para cuestionar la base científica de esta política pública en la lucha contra el COVID-19 están basadas en teorías especulativas y en la interpretación de fuentes que, como mínimo, carecen de confiabilidad y no son admisibles en un tribunal de derecho”. “Además, sus argumentos sobre el derecho aplicable en Puerto Rico y a nivel federal sobre este asunto son incorrectos”.

Crucial entre los puntos incorrectos, porque es la base del argumento de los demandantes, es la naturaleza que tienen las vacunas ante el FDA.

Vea: Espaldarazo federal a la vacunación compulsoria de covid en sistemas educativos

Los demandantes sostienen que son “experimentales” porque están siendo administradas bajo una Autorización de Uso de Emergencia (EUA), pero el juez revisó la ley y las determinaciones de la FDA para exponer que “las fases experimentales de estas tres vacunas ya fueron completadas exitosamente, por lo que constituye un error fáctico y jurídico caracterizar estas vacunas como ‘experimentales’”. “Aunque los testigos de los demandantes opinaron que los riesgos de la vacuna excedían sus potenciales beneficios, toda la evidencia científica que se presentó en la vista –incluyendo algunos de los estudios científicos presentados por los mismos demandantes– apuntan precisamente a lo contrario”, anotó.

El punto es fundamental porque los demandantes sostenían que no se podía prestar consentimiento informado ante un producto que todavía era “experimental”, por lo que las medidas de presión a favor de la vacunación supuestamente los colocaba en un estado de indefensión.

Al concluir que los demandantes no pudieron acreditar que fueran a sufrir daños por los mandatos de vacunación en las órdenes 21-508 y 21-509 del DS, el tribunal señaló que “las órdenes impugnadas no son coercitivas, pues no descartan la posibilidad de que los estudiantes que rechacen la vacuna puedan recibir servicios educativos a distancia, ni que los empleados docentes y no docentes que rehúsen vacunarse puedan acogerse a alguna licencia u otra alternativa que provea su ámbito laboral, los cuales constituirían remedios adecuados en ley”.

Vea: Gobierno reitera su poder para mandatar vacunación contra COVID-19 en las escuelas

“[T]oda persona continúa teniendo la opción de rechazar la vacuna, pues no hay un requisito legal directo de que la reciba so pena de alguna consecuencia penal, ni mucho menos de que el Estado la arreste y le suministren el producto bajo coacción y de forma involuntaria”, dijo el juez a la misma vez que recordó que incluso las excepciones por motivos religiosos, el Tribunal Supremo federal ha determinado que “la libertad de culto y el derecho a criar los hijos no incluye la libertad a exponer a la comunidad o al menor al contagio de enfermedades”, así como que la propia ley de vacunación de Puerto Rico le permite al Secretario de Salud anular las excepciones religiosas en caso de epidemia.

“[L]a prueba presentada por las partes sobre los asuntos científicos pertinentes a esta controversia refleja que las vacunas autorizadas por el gobierno federal contra el COVID-19 han sido y continúan siendo sumamente efectivas para mitigar el impacto individual y colectivo de esta enfermedad. Y es que los datos admitidos en evidencia demuestran que en la medida que más personas se vacunan, menos personas se enferman severamente e incluso menos personas mueren como consecuencia de esta enfermedad, aun ante la llegada a nuestra Isla de nuevas variantes como la variante Delta”, resaltó el juez para reforzar que hay un interés apremiante del Estado para atender la pandemia y que la vacunación era na herramienta principal de la estrategia.

Para ver la sentencia, pulse aquí.

Vea: Uso de “emergencia” de vacunas no tiene que ver con mandatos de vacunación, sostiene Justicia federal

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