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Licencias de conducir expirarán en 8 años

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Licencias de conducir expirarán en 8 años

La Cámara aprobó una medida.

Con el fin de aliviar las largas horas de espera en los Centros de Servicios al Conductor (CESCO) para renovar la licencia de conducir, la Cámara de Representantes aprobó el lunes, una medida que enmienda la Ley de Vehículos y Tránsito, que extiende el periodo de expiración de 6 años a 8 años, al igual que la tarjeta de Identificación Real Id.

La extensión propuesta es conforme al Proyecto de la Cámara 2036, de la autoría del representante José ‘Memo’ González Mercado, junto a los representantes Luis ‘Junior’ Pérez Ortiz y Wilson Román López. González Mercado, que preside la Comisión de Transportación e Infraestructura, planteo que ‘extender el término de expiración de una licencia de conducir y el Real Id es razonable y cumple con la política pública de facilitar la vida de los ciudadanos al acudir a las agencias del Gobierno para solicitar servicios.

Además, explicó que en Puerto Rico el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) ha realizado la gestión necesaria para su implementación. ‘Incluso, la Asamblea Legislativa ha aprobado medidas dirigidas a concientizar a la ciudadanía sobre los beneficios de obtener y renovar sus licencias o tarjetas de identificación en formato Real Id, toda vez que constituyen un método de identificación válido para acceder agencias e instalaciones federales y vuelos domésticos en líneas aéreas comerciales reguladas por el gobierno federal’, dijo.

De igual modo, se favoreció el Proyecto de la Cámara 1888, cuyo fin es aumentar el término para apelar una sentencia de desahucio. Este fue presentado por los representantes José ‘Quiquito’ Meléndez Ortiz, Denis Márquez Lebrón y Ramón L. Cruz Burgos y fue redactado por estudiantes de la Clínica del Instituto de Educación y Participación Ciudadana de la Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana de Puerto Rico.

En un turno a favor de la medida, Meléndez Ortiz expresó que ‘con esto estamos buscando justicia. La medida valida y corrige un procedimiento de vertiente constitucional. Según está diseñado actualmente ese proceso, el demandado tiene solamente cinco días jurisdiccionales para presentar el recurso de apelación y prestar la fianza, lo que provoca la consecuencia de que, de facto, en muchos casos el derecho a apelar quede anulado por el término fatal de cinco días’.

Meléndez Ortiz, señaló que un recurso de apelación es complejo, requiere el conocimiento de un abogado y se tiene que cumplir con la fianza designada por el Tribunal e incurrir en el costo que requieren los sellos de rentas internas.

Entretanto, de la autoría de la representante y presidenta de la Comisión de los Jurídico, María Milagros Charbonier Laureano, se respaldó la Resolución de la Cámara 835, que ordena investigar la implantación de la ‘Ley Habilitadora de los Centros de Servicios Integrados a Menores Víctimas de Abuso Sexual’ (‘Ley de los CIMVAS’). Esto para constatar si cumple con su mandato expreso de proveer para la coordinación eficaz de la investigación interagencial de referidos sobre las alegaciones de abuso sexual contra menores.

Según destaca la medida, la pesquisa responde a las estadísticas reveladas por el Departamento de la Familia. En el 2009 hubo 572 referidos de abuso sexual; en el 2010 unos 612; en el 2011 fueron 853 y en el 2012 hubo 878. A su vez, revela que desde 1 de enero hasta 6 de octubre de 2013 recibieron 400 referidos.

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