El Departamento de Justicia (DJ) catalogó como excesiva y discriminatoria la cantidad de endosos que la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) le ha requerido al candidato independiente, el doctor Jose Vargas Vidot, en su aspiración al Senado de Puerto Rico.
En una extensa interpretación del Artículo 8.012 de la Ley Electoral, el Departamento de Justicia sostuvo hoy ante el Tribunal de Primera Instancia de San Juan que el número máximo de endosos a requerirse para candidatos independientes no debe ser mayor de 3,000, cual dispuesto en el Artículo 8.012 (1)(a) e la propia Ley Electoral.
‘En términos del número de endosos a requerirse, la ley es clara: en ningún caso puede exceder de 3,000. Esta ley no dispone un número mayor de endosos para los candidatos independientes. Cualquier interpretación donde se requiera una cantidad, en este caso tan exagerada como el que se requiere al doctor Vargas Vidot, sería discriminatoria’, sostuvo César Miranda, titular del Departamento de Justicia.
El DJ sostuvo que la enmienda aprobada por el Senado en el día de ayer tiene el efecto de aclarar exactamente el alcance de la cantidad de endosos que debe ser requerido a un candidato independiente. ‘La enmienda aprobada ayer logra aclarar dicho alcance al dejar establecida la diferencia de lo que son endosos para participar de primarias dentro de partidos y el requisito de endosos para candidatos independientes que no van a primarias’, añadió el secretario de Justicia en referencia al Proyecto del Senado 1545.
Las expresiones aclaratorias surgen con motivo de la vista que se lleva a cabo hoy viernes ante la jueza Aileen Navas en la sala 907 del Tribunal de San Juan, en la que Vargas Vidot impugna la validez constitucional del Artículo 8.012 de la Ley Electoral.
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