La jueza Georgina Candal Segurola determinó el martes trasladar al Tribunal de Primera Instancia de Aguadilla el caso judicial que radicó el representante independiente Jose Luis Rivera Guerra para que se le permita tener observadores durante las elecciones generales.
El traslado se da luego de que Rivera Guerra hiciera una petición en el Tribunal de San Juan, pero la jurisdicción impactada con la determinación sería Aguadilla. Esto se debe a que Rivera Guerra aspira por nominación directa a la reelección como legislador de los municipios de Aguadilla y Moca.
Según destacó la jueza, la competencia le corresponde al Tribunal de Aguadilla, ya que la regla de procedimiento civil dispone que ‘los pleitos relacionados con el título o algún derecho o interés en bienes inmuebles deberá presentarse en la sala en que radique el objeto de la acción o parte del mismo’.
A finales del mes pasado, Rivera Guerra acudió al Tribunal de San Juan y presentó una solicitud de mandamus y revisión judicial para que se le permita tener observadores en las elecciones del 6 de noviembre para su candidatura por nominación directa por el distrito 17 de Aguadilla y Moca. Rivera Guerra estableció en su solicitud de mandamus que el Código Electoral para el Siglo 21 dispone que habrá un observador por cada aspirante a algún cargo político.
Rivera Guerra decidió aspirar a la reelección por nominación directa, luego de desafiliarse del Partido Nuevo Progresista (PNP) cuando esa colectividad logró, a través de los tribunales, sacarlo de su papeleta.
La determinación del PNP ocurrió tras revelarse en una investigación periodística irregularidades cometidas por el legislador en la construcción de su hogar en Aguadilla. Esas irregularidades incluían recibir servicios de agua potable y de electricidad sin ser cliente de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) ni de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA); tener por años dos residencias sin inscribir en el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) ni pagar contribuciones por ellas y haber construido su hogar sin permiso de construcción y, por tanto, no tener el permiso de uso que expedía la Administración de Reglamentos y Permisos (ARPE), hoy Oficina de Gerencia de Permisos.
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