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Supremo da luz verde al referéndum

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Supremo da luz verde al referéndum

El Tribunal Supremo desestimó el viernes el recurso presentado por el Partido Independentista Puertorriqueño (PIP) en contra del referéndum del próximo 19 de agosto que reduciría los escaños legislativos.El Tribunal Supremo desestimó el viernes el recurso presentado por el Partido Independentista Puertorriqueño (PIP) en contra del referéndum del próximo 19 de agosto que reduciría los escaños legislativos. La decisión fue cerrada, 5 a 4.

Los cuatro jueces que votaron en contra fueron los asociados Liana Fiol Matta; Anabelle Rodríguez; y Luis Estrella, además del presidente Federico Hernández Denton.

En su opinión disidente, Hernández Denton se unió a la jueza asociada Fiol Matta en la que coincidió con la mayoría del Tribunal en que la Resolución Concurrente del Senado 35 sobre la reforma legislativa fue aprobada en violación del requisito constitucional que requiere dos terceras partes de los votos de cada cámara legislativa para comenzar el proceso de enmiendas a la Constitución. En específico, enfatizó que la resolución contó con el voto afirmativo de solo 20 senadores del total de los 31 escaños que componen el Senado, o sea, con menos de las dos terceras partes del total de escaños que componen ese cuerpo.

Sin embargo, disintió de que esa acción legislativa inconstitucional fuera rectificada mediante la aprobación posterior de la Resolución Concurrente del Senado 60 sobre la enmienda constitucional al derecho a la fianza. Según la Opinión de la mayoría del Tribunal, esa segunda resolución incluyó un texto en el cual la Asamblea Legislativa ‘reiteró’ su voluntad de aprobar la Resolución Concurrente 35. Para el Juez presidente, el ejercicio legislativo de ‘reiterar’ lo aprobado ilegalmente no puede tener el efecto de rectificarlo o corregirlo.

Para apoyar su conclusión, Hernández Denton se enfocó en que tanto la Constitución como el Reglamento del Senado de 2009 requieren que toda medida legislativa, salvo por la Resolución Conjunta de Presupuesto, incluya un solo asunto que, a su vez, tiene que ser incluido en su título. La razón para ese requisito constitucional es que no se incluyan los llamados ‘riders’ que nada tienen que ver con el propósito principal de una medida. Sostuvo que, en este caso, como la Asamblea Legislativa no obtuvo los votos necesarios para aprobar la primera Resolución Concurrente sobre la reforma legislativa, intentó, de forma inconstitucional, hacerla formar parte de la Resolución Concurrente sobre la enmienda al derecho a la fianza, de manera que, en conjunto, se creara una mayoría ficticia para adelantar la propuesta sobre la reforma legislativa. La regla constitucional quiso impedir la práctica legislativa de combinar distintas propuestas incongruentes entre sí en una sola medida legislativa para obtener una mayoría artificial al momento de la votación.

Hernández Denton destacó que, ‘de hecho, es la primera y única vez, al menos desde 1993, que el Senado intenta ‘reiterar’ una propuesta de enmienda constitucional mediante una Resolución Concurrente que no guarda relación alguna con esta, desviándose así de las exigencias constitucionales discutidas anteriormente y de su propio reglamento’.

Hernández Denton concluyó que ‘el proceso de enmiendas a la Constitución debe ser uno claro y riguroso. De esta forma, cuando el Pueblo venga llamado a tomar la decisión de reformular cualquier aspecto en la Constitución, podrá confiar en que el Poder Legislativo se adhirió a los postulados allí contenidos. Como la Opinión mayoritaria es contraria a estos principios, disentimos y declararíamos que la Resolución Concurrente del Senado Núm. 35, la Ley Núm. 12-2012, la Sec. 2 de la Resolución Concurrente del Senado Núm. 60 y la Ley Núm. 84-2012 son inconstitucionales’.

La demanda del PIP buscaba que se estableciera como inconstitucional la consulta debido a que, según estableció el caso Berríos vs. Rosselló, sólo se pueden atender un máximo de tres asuntos en este tipo de consultas. Sin embargo, la propuesta actual incluye nueve.

El pasado 27 de junio el juez presidente Hernández Denton dijo que resolverían la controversia lo antes posible.

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